DE MIS NOTAS

De fraudes y defraudados

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Este proceso electoral pretende validar el conteo de votos como la norma principal para legitimar las elecciones mediante el simplista criterio de nominar ganador al que más votos saque en las urnas. Errado análisis, porque para analizar a profundidad la democracia electoral en Guatemala se debe conocer la historia democrática electoral primero, para luego ponerle atención a lo que ha venido aconteciendo desde hace cuatro años, con la cooptación de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral para inscribir o no a candidatos. Luego a la Corte Suprema de Justicia, en donde se rechazan o aceptan amparos en contra o a favor de candidatos; posteriormente, la Corte de Constitucionalidad.

' El movimiento del 23 de marzo de 1982 fue para recuperar la institucionalidad del país.

Alfred Kaltschmitt

En el ínterin —y con más dosis de interés político partidario que de presiones externas— logran la aprobación de un mamarracho de Ley Electoral y de Partidos Políticos con crasos errores de violaciones a los derechos humanos, a la participación política; al libre debate e intercambio de ideas; amén de restricciones al financiamiento lícito y, por ende, facilitando la donación oculta y clandestina.

De ahí nace la principal defraudación de este proceso: la eliminación de los principales candidatos competidores. Dos de ellas, liderando las encuestas, Zury Ríos y Thelma Aldana. Con una estrategia jurídica ad hoc a cada una ellas, se cumple con la última parte del plan.

El caso de Zury Ríos cobra en estas elecciones mayor relevancia porque todo apuntaba a que pasaría a segunda vuelta y los pronósticos eran que ganaba. Su eliminación era, pues, de obligada ejecución… Con la ayuda de cuatro de los siete magistrados, liderada por la magistrada Gloria Porras, con comprobados y fehacientes vínculos con Sandra Torres y la UNE, más la férrea oposición del Tribunal Supremo Electoral, que desoye la jurisprudencia creada por la anterior CC, logran que Zury Ríos pierda en la CC por un voto.

Pocos saben, excepto algunos historiadores y académicos, que el movimiento del 23 de marzo del 1982, de los jóvenes oficiales, se origina para devolver la institucionalidad al país. Y el detonante fue el fraude cometido por Aníbal Guevara, candidato oficial de Lucas García.

Ríos Montt fue llamado en cadena nacional para que se presentara al Palacio a hacerse cargo para devolver la institucionalidad a Guatemala. Y eso fue lo que hizo. Durante los 504 días de su mandato eliminó los escuadrones de la muerte, combatió a la guerrilla, y, ¡oh ironía!, instauró el primer “Tribunal Supremo Electoral (TSE) por medio del decreto-ley 30-83, que entró en vigencia el 23 de marzo de 1983, firmándolo como presidente de facto el general José Efraín Ríos Montt y sus ministros, y se instaló el 30 de junio de ese mismo año, con fines de fortalecer la paz y establecer una auténtica democracia pluralista, según asientan sus considerandos.” /Tomado de archivos del TSE/Cedoc

He entrevistado a la mayoría de constitucionalistas del país. Casi todos, en forma unánime, han expresado que a Zury Ríos Sosa no le aplica el 186c, debido a que la principal razón de ser de este artículo era prevenir que se utilizara indebidamente el poder “mientras estaba el funcionario en funciones”, previniendo la transición dinástica. Y sin embargo, por fines políticos, así lo interpretaron los 4 magistrados. Ahí es donde se gesta la deslegitimación de este proceso electoral.

No cabe la menor duda de que la apelación de Zury Ríos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que se elimine de nuestra Constitución esta aberrante interpretación que maldice a generaciones aún no nacidas obligará al Estado de Guatemala a enmendar la Carta Magna. Para mientras, Dios bendiga a quien quede.

ESCRITO POR:

Alfred Kaltschmitt

Licenciado en Periodismo, Ph.D. en Investigación Social. Ha sido columnista de Prensa Libre por 28 años. Ha dirigido varios medios radiales y televisivos. Decano fundador de la Universidad Panamericana.