ESCENARIO DE VIDA

El fiambre de la iniciativa de ley 6054

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Muchas veces nos imaginamos que a pesar de que existen intereses creados en algunas iniciativas de ley, puede que sean en parte favorables para el país. Este no es enteramente el caso de la iniciativa de ley 6054, que propone que las instituciones Inab, Conap, Ocret y las autoridades de las cuencas de los lagos de Amatitlán, Atitlán, Izabal, Petén Itzá y Río Dulce sean reguladas por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn).

¿Qué disparate es este? Sabiendo que las actividades forestales, industriales y la protección de áreas protegidas se encuentran en alto riesgo debido a que el Marn usualmente está sin el debido presupuesto para operar lo suyo, menos todo lo que se pretende en la mencionada iniciativa. Sin embargo, he de reconocer que algunos buenos ministros han tenido la voluntad de cumplir con su mandato a duras penas, pero sin un recurso presupuestario adecuado.

Aunque me gustaría creer que esta iniciativa nos beneficiará, ¿cómo creer en ello si el Marn no ha tenido la experiencia? Pareciera que vamos en un retroceso sin precedentes para la actividad de conservación de bosques y de áreas protegidas, y en relación a los incentivos a actividades de reforestación o industriales.

' Es un retroceso sin precedentes para los incentivos a las actividades de protección de bosques.

Vida Amor de Paz

Según el análisis legal de varios expertos en la materia, “los efectos jurídicos de la iniciativa 6054 modifican la actividad del Marn, queriendo convertirla en el rector de varias instituciones a la vez”. Esto incluyendo al Inab, que regula con urgencia nacional la reforestación del país. Y es así como entorpece e interrumpe el artículo 126 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que “coadyuva al cumplimiento de los deberes constitucionales del Estado, regulados en el artículo 2 de la Constitución”. Es más, hace referencia al “desarrollo integral de los habitantes del estado de Guatemala”. Y es que el Inab es el que interactúa y ordena la administración del bosque en el contexto industrial y empresarial. Es una competencia muy distinta al del Marn.

El hecho de hacer un fiambre con las instituciones de competencia ambiental no garantiza que el fiambre salga bueno. Todo lo contrario, puede causar indigestión y malestares estomacales, pues, según los analistas, lesiona la libertad de la industria, comercio y trabajo, por lo que metiendo en la receta del fiambre al Inab es inviable.

La competencia del Inab y la competencia del Marn son completamente distintas, y de llegar a fusionarlas se “vulneraría el principio de legalidad en materia administrativa contenida en los artículos 152 al 154 de la Constitución de la República de Guatemala”. Finalmente, los analistas mencionan que “si el Inab forma parte del Marn, circunstancia que puede advertirse en la propuesta de la reforma del artículo 9 de la Ley Forestal, sustituiría a la junta directiva del Inab por una dirección ejecutiva”. Para mí, esto significa poder total del Marn, sin las diferentes instituciones que hoy en día conforman dicha junta, que son las que trabajan arduamente para que contemos aún con las áreas protegidas o forestales.

No estoy en desacuerdo con que se realice un proceso de revisión de las competencias institucionales para cerciorarnos de que estén cumpliendo con su mandato, pero deberá ser un proceso abierto y transparente, y no inconsulto. Según Edmundo Vásquez Paz, “las discusiones sobre la temática no se han abierto al público como debería ser”. Por ende, para diversos sectores es fácil concluir que esta iniciativa de ley es “inconstitucional”, y según los analistas, “por carecer de lógica jurídica, lógica técnica y lógica funcional, debe ser rechazada y engavetada de inmediato”.

ESCRITO POR:

Vida Amor de Paz

Presidenta de la Fundación del Bosque Tropical. Directora general de Planeta Verde Televisión. Presentadora de Los secretos mejor guardados, de Guatevisión. Recorre el mundo filmando en cinco continentes. Es graduada de la Universidad Panamericana, en Periodismo.