CON OTRA MIRADA

La gravedad del analfabetismo funcional

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El analfabetismo es la incapacidad de leer y escribir debido a la falta de educación básica —primaria y secundaria—; cuando la escolaridad es obligatoria, el analfabetismo se recorta. Un analfabeta es quien no puede leer ni escribir un simple mensaje. Aunque la educación sea accesible, a veces y por diversas razones niños y jóvenes no asisten a la escuela, quedándose sin la oportunidad de aprender. La comprensión lectora es otra cosa, pues leer implica, además de conocer las letras, entender lo que está escrito. Esa condición se llama iletrismo.

Según el Comité Nacional de Alfabetización, el índice de analfabetismo en el 2017 fue del 12.31%, equivalente a un millón 241 mil 32 de guatemaltecos mayores de 15 años que no saben leer ni escribir.

A nivel latinoamericano seguimos siendo uno de los países que menos invierte en educación, con apenas el 2.4% del producto interno bruto —Q143 millones—, en tanto que el promedio en la región es del 4.4%. Al deporte federado, en cambio, por disposición constitucional, dedicamos más de mil millones de quetzales, con muy parecidos y patéticos resultados, producto de la corrupción.

Según la misma fuente, en la última década ha habido mejoría, pues un 34 por ciento de jóvenes que terminan la secundaria alcanza un aceptable nivel de lectura. Sin embargo, solo uno de cada 10 alcanza el nivel esperado en el área de las matemáticas, lo que representa una grave falencia, pues eso limita su desarrollo intelectual, producto del manejo de conceptos abstractos que van más allá de las operaciones básicas de la aritmética  (+ – × ÷).

Por otra parte, de Wikipedia extraigo lo siguiente: “Se denomina analfabetismo funcional a la incapacidad de un individuo para utilizar su capacidad de lectura, escritura y cálculo de forma eficiente en las situaciones habituales de la vida… Se diferencia del analfabetismo en sentido estricto en que este supone la incapacidad absoluta de leer o escribir frases sencillas en cualquier idioma”.

Todo esto viene a cuento porque, para dirigir Guatemala, la Constitución vigente de 1985 no fue exigente. Veamos: el artículo 185 de la Constitución dice que podrán optar a cargo de Presidente o Vicepresidente de la República los guatemaltecos de origen que sean ciudadanos en ejercicio y mayores de cuarenta años. El Presidente de la República será electo por el pueblo para un período improrrogable de cuatro años, mediante sufragio universal y secreto.

La primera función del Presidente de la República quedó establecida en el artículo 183: “Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”.

' Conocemos su analfabetismo funcional, así como la desfachatez con que se jacta de su ignorancia.

José María Magaña

A partir de eso vemos con estupor cómo otros altos cargos en la dirigencia nacional son ocupados por iletrados, con grado universitario. De esa amplia gama de funcionarios y miembros de altas magistraturas conocemos su analfabetismo funcional, así como la desfachatez con que se jacta de su ignorancia. Recordemos la trama montada hace dos años para limitar a la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), estrangular al sistema de justicia y desbaratar la seguridad nacional que supuso regresar al estado de impunidad, violencia e inmunidad de los años 80. Todo eso sin dejar de promover negocios públicos poco transparentes como la compra, adquisición u obtención de equipo militar. ¿Era necesario o solo satisfactorio?

Los falsos líderes de la unidad nacional, con síndrome de analfabetismo funcional, nos han conducido a elegir sucesores de su misma condición, a menos que, como pueblo soberano, reaccionemos exigiendo respetar aquello de “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes” contenido en el artículo 183.

ESCRITO POR:

José María Magaña

Arquitecto -USAC- / Conservador de Arquitectura -ICCROM-. Residente restauración Catedral Metropolitana y segundo Conservador de La Antigua Guatemala. Cofundador de la figura legal del Centro Histórico de Guatemala.