CRITERIO URBANO

Urgente necesidad de reformar la ley de Anadie

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A nivel global cada vez es más frecuente ver cómo los diferentes gobiernos de distintas tendencias ideológicas usan el marco jurídico de las alianzas público-privadas para obtener inversiones en infraestructura estratégica para sus poblaciones. No es de extrañar que en el caso de América Latina fue el presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, en la década de los noventa, un político democratacristiano, el que reconoció el aporte del sector privado en caminos, puertos, aeropuertos, sector sanitario y energía, ayudando a que el Gobierno pudiera invertir más recursos en educación y salud.

Chile es hoy, y Colombia, dos de los países con las mejores regulaciones en cuanto a generar proyectos de Alianzas Público-Privadas más eficientes. En el caso de Guatemala, nuestro país tiene una ley marco que requiere reformas importantes para que los proyectos no se queden años sin ser aprobados por el Congreso de la República.

¿Se imaginan ustedes lo que Guatemala podría ser con un sistema aeroportuario moderno? O con puertos de primer nivel, así como infraestructura vial y ferroviaria que ayudara a conectar el país. Estos son algunos de los proyectos que se podrían realizar si comenzamos a ver la importancia de reformar la Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, logrando con ello una eficiencia en la identificación, selección y formulación de proyectos.

El proyecto de reforma debería redefinir los procedimientos en estructuración de proyectos, aclarando el alcance de los diferentes estudios y las fases necesarias que deben desarrollarse en un proyecto bajo la modalidad de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, así como las fases del contrato de las mismas.

' Marco que permita más APP requiere de serios cambios.

Juan Carlos Zapata

De igual forma, proponer la clasificación de los proyectos, tomando en consideración: el origen de la solicitud (iniciativas solicitadas y no solicitadas) que fortalecerán la presentación de proyectos de infraestructura; la determinación de la naturaleza financiera (cofinanciados y autosostenibles) que re definan los compromisos de pago que el Estado deba asumir, la determinación del tipo de servicio que prestarán los proyectos (incorporando servicio público y no incorporando servicio público), teniendo estos un tratamiento diferente en la suscripción y aprobación de los contratos de los proyectos de alianzas para el desarrollo de infraestructura económica que no incluyan la prestación de un servicio público y obtener proyectos de forma pronta y efectiva.

Las reformas a la Ley representan la oportunidad que la sociedad guatemalteca necesita en este momento para impulsar proyectos de infraestructura, atraer inversión y contar con marco legal certero que permita proyectos en el mediano y largo plazo.

El mismo Banco Mundial ha establecido beneficios importantes de los mecanismos modernos de Alianzas Público-Privadas como “una vía para que el sector privado introduzca tecnología e innovación para mejorar los servicios complementarios, como inserción de certeza dentro del presupuesto a través del tiempo, creación de diversificación en la economía ya que hace al país más competitivo, e impulsa los negocios y la industria y transfiere los riesgos inherentes de proyectos de infraestructura estratégica al sector privado”.

Una reforma a la ley marco que regula las APP permitiría que los proyectos que no requieran financiamiento del Estado y que no sean de servicios públicos no se queden presa del Congreso por años, como pasó con la autopista Escuintla a Puerto Quetzal, que tardó más de tres años en ser aprobada.

ESCRITO POR:

Juan Carlos Zapata

Director ejecutivo de Fundesa. Maestría en Gestión Pública y Liderazgo. Licenciatura en Administración de Empresas con especialización en Finanzas. Representante de diferentes mesas de trabajo del sector empresarial.