La dudas que deben resolverse

Humberto Preti

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En este último aspecto vemos cómo los partidos políticos descaradamente se burlan del Tribunal Supremo Electoral,  al que debía  llamar solamente Electoral,  pues de supremo no tiene nada.

Ya varios partidos políticos deberían   haber sido clausurados, pues además de reírse de la irrisorias multas que les han impuesto, ni siquiera las pagan y continúan con su campaña anticipada. Vemos que se siguen colocando vallas, se hacen mítines a los que se acarrea en buses y camiones a miles de necesitados de un emolumento por ir a engrosar filas.

Imaginemos qué  será del país cuando cualquiera de ellos llegue al poder si no respetan ninguna ley ni reglamento, de plano iremos a la anarquía.

Entrando a otro tema,  la permanencia o no de la Comisión contra la Impunidad en Guatemala (Cicig)  es también objeto de debate. La Comisión de marras quisiera perpetuarse en su mandato,  mandato que está muy lejos de cumplirse.

Uno de los principales objetivos era el  que su nombre  indica:  “Contra la impunidad”. Aquí vemos que si algo sigue latente es la impunidad.

Funcionarios y entidades han sido denunciados por corrupción,  pero hasta la fecha no vemos a nadie detrás de las rejas por los delitos cometidos; sencillamente salen de sus puestos a gozar de las mieles de su malhabida fortuna.

Queremos también resaltar la parcialidad de la Comisión,  la cual deja de lado  los delitos cometidos por grupos desestabilizadores, que incluso han llegado hasta el asesinato,  extremo en los casos de Los Pajoques, La Puya, Hidro Salá, Barillas y otros. En todos estos  se han hecho de la “vista gorda”, inclusive se han enfrentado a la Policía y al Ejército,  y vamos a ver qué dice el Código Penal: Artículo  359. “El guatemalteco que tomare las armas contra el Estado, o se uniere al enemigo, o se pusiere a su servicio, será sancionado con prisión de diez a veinte años”.

¿Será que los señores de la Cicig solo se basan en los códigos español, tico y colombiano, y no conocen el nuestro?

Regresó el expresidente Alfonso Portillo, en calidad de héroe y líder, vitoreado por aquellos cuyo resentimiento aflora sobre su piel, al decir que sí atacó al sector privado y productivo del país, dejando de lado las acciones penales de las cuales se declaró confeso, pero la realidad es que hay delitos por los que nunca fue juzgado ni aquí ni allá. Veamos lo que dice el Código Penal de Guatemala:

Artículo  360. “El guatemalteco que ejecute actos que directamente tiendan a menoscabar la integridad del territorio de la República, someterla total o parcialmente al dominio extranjero, comprometer su soberanía o atentar contra la unidad nacional, será sancionado con prisión de diez a veinte años”.

El recibir soborno de una potencia extranjera es definitivamente un delito por el cual no ha sido juzgado y la normativa es clara en ese sentido.
Esta semana vimos la opinión de un juzgador, quien dice que no importa si el que delinquió devolvió el dinero, sencillamente el delito ya fue cometido y debe, por ello, responder ante la ley.

Estas son en realidad las dudas que deben resolverse.

hupretij@hotmail.com

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