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Cuánto cuesta y cuánto tiempo tarda inscribir una marca en Guatemala (y cuándo peligra si no lo ha hecho)

La inscripción de una marca en el Registro de Propiedad Intelectual (RPI) no es solo un trámite, sino que significa su protección, aparte de la posible generación de más ingresos.

No solo debe definir una marca para su empresa o producto, debe registrarla y renovar ese certificado cada 10 años. (Foto Prensa Libre: Forbes)

No solo debe definir una marca para su empresa o producto, debe registrarla y renovar ese certificado cada 10 años. (Foto Prensa Libre: Forbes)

La elección de una marca para cualquier producto o servicio conlleva un trabajo de análisis, estudios de mercado, tiempo e inversión, pero vale la pena en el sentido de que es una creación y en caso de éxito rotundo, puede formar parte de los activos intangibles de la empresa. En algunos casos, vale más la marca que todos los bienes juntos de la compañía.

Por el contrario, si no se registra, se corre el riesgo de que la copien y hasta lucren con ella, en beneficio de terceros.

Para evitar ese perjuicio, la ley establece un procedimiento de registro, el que una vez aprobado, puede ser renovado cada 10 años o se puede perder.

Verificación previa

Como parte inicial del proceso para elegir la marca, es necesario considerar lo siguiente:

  • Realizar una búsqueda retrospectiva en el Registro de la Propiedad Intelectual (RPI) para comprobar la disponibilidad de la marca. Si ya hay una similar registrada, usted deberá elegir otra.
  • La búsqueda puede ser denominativa (palabras, nombres propios, letras o combinaciones de estos que no se acompañen de una imagen) o mixta (imagen o logos sin palabras, o combinados con alguna denominación o nombre).

Tiempos y costos

El proceso de registro tiene al menos 18 pasos por cumplir, según la legislación guatemalteca, tales como el decreto 57-2000, Ley de Propiedad Industrial, y el decreto 33-98, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos.

En estos se incluyen todos los trámites y tiempos necesarios, incluso para solventar objeciones que reciba cada marca o expediente.

En términos generales, los pagos aproximados en el RPI por la inscripción de una marca son Q1 mil y para una patente de invención son Q7 mil, que incluye solo los aranceles o tasas. El desembolso no es uno solo, sino que los montos se van pagando al RPI a medida que avanza la inscripción.

Aparte están son los servicios de expertos o abogados para hacer los trámites, que pueden rondar entre Q2 mil 500 y Q5 mil por inscripción de marca, más el impuesto al valor agregado (IVA).

Para la inscripción de una patente el costo es más alto, ya que requiere más tiempo y puede representar honorarios de entre Q5 mil y Q6 mil por todo el proceso, que puede durar cuatro años o más.

Como dato adicional, cuando un inventor local quiere proteger su creación (para lo cual se requiere patente), puede acudir al RPI, donde le brindan asesoría para disminuir los costos.

 

Es importante notar que los tiempos de registro varían, según el segmento: para las marcas, la ley maneja plazos y para que salga un registro se requerirán 5 meses, si no hay alguna objeción o requerimientos adicionales, aparte del tiempo en que el usuario se tarde en responder cada uno de ellos.

Además, hay un plazo para expresar oposición a una marca y en la práctica, el proceso puede durar entre 6 y 8 meses.

Por aparte, otros tipos de registro como las patentes de invención o de diseño industrial, el trámite puede llevar de 5 a 7 años, mientras que las obras, como parte de los derechos de autor, implican unos dos meses de espera.

Tarifas o tasas específicas

Las tasas para los servicios del RPI están regidas en el Acuerdo Gubernativo 148-2014, emitido por el Ministerio de Economía (Mineco), aunque son accesibles:

Por signos distintivos (marcas, logotipos, slogan, imagen) se requieren estos pagos, según los trámites que esté solicitando el interesado:

  • Por presentación de solicitud de marca, nombre comercial, expresión o señal de publicidad o emblema: Q110.
  • Por inscripción de marca, nombre comercial, expresión o señal de publicidad o emblema: Q90.
  • Por restricción de productos o servicios, o por corrección de errores: Q200.
  • Por renovación del registro de una marca o expresión o señal de publicidad, Q200 y recargo por presentación extemporánea, Q200.
  • Por presentación de una solicitud de marca colectiva: Q1 mil.
  • Por presentación de solicitud de marca de certificación: Q1 mil.
  • Por inscripción de marca de certificación: Q1 mil.

Por otros procedimientos regístrales relacionados con marcas:

  • Las tasas por publicación de una marca en el Boletín de Registro de la Propiedad, varía entre Q200 y Q800, según espacio o tamaño a ocupar y otras especificaciones.
  • Por búsqueda retrospectiva de signos distintivos denominativos, Q100; para signos distintivos gráficos, Q200; para signos distintivos mixtos, Q200.
  • Por emitir listado de marcas registrada o en trámite de registro correspondiente a un titular: Q1 mil
  • Por honorarios se cobrarán Q50 por cada una de estas operaciones: emisión de certificaciones o títulos de signos distintivos.

Otros trámites

Aparte están los trámites para patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales; así como las relativas al pago de anualidades en materia de patentes de invención, modelos de utilidad o diseños industriales; constancias en general; anotaciones judiciales o notariales; edictos; reposición de documentos e informes. Cada formulario oficial autorizado para trámites administrativos cuesta Q5.

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El usuario debe saber qué puede inscribir dentro de signos distintivos, ya que no solo conlleva las marcas sino logotipos, slogan (escritos o sonoros) o imagen, con uso de diversos colores y tipografía. También se pueden inscribir nombres de sus productos para lo cual se debe buscar información acerca de cuál el sujeto a esa protección.

Recomendación final

Con frecuencia, las personas no se asesoran de forma correcta por lo que el trámite de un expediente puede durar mucho tiempo por desconocimiento o errores.

Por ejemplo, si un profesional lleva el trámite de inscripción de alguna marca, el registro puede lograrse en 8 a 19 meses. Pero si hay problema, la gestión se complica y puede prolongarse hasta algunos años más.

Los plazos pueden acortarse en los casos en que el abogado o el bufete sea especializado en el tema y se dedique a esa labor porque logra avanzar y sus gestiones son resueltas con mayor prontitud por los operadores del registro.

NOTA: Con información de Hania Krück, directora de Propiedad Intelectual de la firma de abogados Innova IP – A.D. Sosa & Soto; Registradora de la Propiedad Intelectual, Ingrid Rivera; y Ana Lucía Contreras, asesora legal de la gerencia de Competitividad de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport).

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.