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Estos son los planes de fiscalización que tiene la SAT para los precios de transferencia

Si su empresa tiene partes en el extranjero y ha hecho transacciones, es importante que se hagan revisiones en el grupo para verificar si se cumplen con los criterios de vinculación contenidos por la Ley de Actualización Tributaria. Tip extra: deben estar con todos los documentos en orden.

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Los contribuyentes que han realizado transacciones en el extranjero deben comprobar que se encuentran en cumplimiento con el principio de libre competencia.

Las reservas monetarias internacionales es la cantidad de dólares que tiene disponible el país. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

Desde el 2015, entre el julio y septiembre, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ha requerido a los contribuyentes que tienen partes relacionadas en el extranjero y que realizaron operaciones con ellas, que entreguen su Estudio de Precios de Transferencia que soporte que dichas transacciones se encuentran en cumplimiento con el principio de libre competencia.

Hasta el 2018, aquellos contribuyentes que indicaron que tenían partes relacionadas en el extranjero pero que no realizaron transacciones con ella o bien, que no tienen partes relacionadas, no fueron requeridos por parte de SAT para que presentara información relacionada con el Estudio de Precios de Transferencia.

El Intendente de fiscalización concedió una entrevista, recientemente, al presidente del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores (IGCPA), en donde se comentaron algunos cambios respecto del modo de fiscalización por parte de SAT en materia de precios de transferencia, entre los más importantes podemos destacar los siguientes:

Acciones de fiscalización para el 2020
  • Los planes de fiscalización incluyen a contribuyentes de las Gerencias de Grandes Contribuyentes Especiales, que, según el sistema de riesgo, tienen mayor riesgo en sus operaciones con partes relacionadas en el extranjero.
  • Los planes de fiscalización están enfocados con base a una matriz de riesgos, la cual identifica las operaciones con partes relacionadas en el extranjero que presentan mayor incidencia en ajustes de Precios de Transferencia.
  • En el año 2020 se tiene planificado extender la fiscalización a las otras Gerencias, a contribuyentes que según el sistema de riesgo tienen mayor riesgo en sus operaciones con partes relacionadas en el extranjero.
  • Se realizarán otros planes de fiscalización, en los que se verificarán otros aspectos de incumplimiento por parte de contribuyentes que realizan operaciones con partes relacionadas en el extranjero.
  • Se realizan requerimientos de información a los contribuyentes que, según registro e indagación de la SAT, deberían estar reportando operaciones con partes vinculadas en el extranjero, pero no lo están realizando.
  • A través de la información interna de la SAT, se realizan indagaciones de contribuyentes que no están reportando partes vinculadas en el exterior.
  • Se realizan investigaciones en información pública (Ejemplo: Base de Datos de la SEC) sobre los grupos económicos a los que pertenecen los contribuyentes, para la determinación de posibles vinculaciones no reportadas.

Por otro lado, las principales razones para los ajustes de precios de transferencia que ha realizado la administración tributaria, se encuentran:

  • Cambio de métodos de valoración.
  • Cambio de indicador de rentabilidad.
  • Rechazo de comparables.
  • Rechazo de ajustes contables.
  • Valoración de importaciones y exportaciones de mercancías.
  • Intangibles.
Tablas

A continuación, se resumen las principales auditorías de SAT en materia de precios de transferencia por año e industria:

Resultados de auditorías (Cifras en quetzales)

AñoAjustesEfectivo impositivo
2016121,374,75032,091,684
2017443,583,612129,082,507
2018468,562,691124,733,614
2019858,298,103287,036,525
20201,034,813,852124,175,429
Total697,119,760
Fuente: Sistema Informático de Fiscalización (FISAT)

Resultados de auditorías (Cifras en quetzales)

Actividad económicaAjustesEfectivo impositivo
Avícola176,324,38277,336,090
Banano370,432,822106,572,354
Distribución de Bebidas76,200,02816,349,807
Distribución de Combustibles909,103,615249,017,037
Distribución de Hornos802,084200,521
Elaboración de alimentos para animales167,449,03640,215,924
Elaboración de productos de molinería186,075,07975,914,273
Extracción de minerales881,871,48688,843,377
Fabricación de jabones20,129,0675,032,267
Manufactura138,245,41037,638,110
TOTAL2,926,633,008697,119,760
Fuente: Sistema Informático de Fiscalización (FISAT)

El Intendente de Fiscalización indicó que cada vez que se formule un ajuste en materia de precios de transferencia se buscará tener un acercamiento con cada contribuyente para que se puedan desvanecer las dudas o inconsistencias a la luz del artículo 145 A del Código Tributario, Decreto 6-91 del Congreso de la República de Guatemala.

Por lo tanto, a partir de 2020, la SAT estará realizando cruces de información tanto en aduanas, proveedores y clientes, así como en la base de datos de la SEC, para verificar a aquellos contribuyentes que no reportan a sus partes relacionadas en el extranjero y que deberían de estar documentando esas transacciones en un estudio de precios de transferencia.

Es importante que las empresas puedan realizar una revisión de las partes relacionadas del grupo y verificar si se podrían considerar relacionadas conforme a los criterios de vinculación contenidos en la Ley de Actualización Tributaria —Decreto 10-2012— y de esta forma proceder a documentar las operaciones, en caso aplique en un Estudio de Precios de Transferencia, esto considerando el hecho que la Declaración donde se reporta esta información es Jurada, es decir, tendría implicaciones penales el colocar información errónea o incorrecta.

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* Socio de Precios de Transferencia de Deloitte
** Gerente de Precios de Transferencia de Deloitte

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