En opinión de expertos sobre el caso Belice y abogados conocedores del estamento constitucional que nos rige, el acuerdo especial para someter ante la Corte Internacional de Justicia el diferendo territorial, insular y marítimo suscrito entre Belice y Guatemala el 8 de diciembre de 2008, es inconstitucional, toda vez que no fue sometido a consulta popular según quedó establecido. Así pues, todo lo actuado con posterioridad resulta nulo, tal los decretos del Congreso de la República 31-2010, para llevar a cabo la Consulta y 1-2017, que da instrucciones al Tribunal Supremo Electoral para llevarla a cabo, definiendo la pregunta a hacer a la ciudadanía que deberá ser respondida SÍ o NO.