Guatemala

Sala reduce de 9 a 6 años pena de Arnoldo Medrano

El exalcalde de Chinautla Arnoldo Medrano fue beneficiado por la Sala Segunda de Apelaciones del ramo Penal, la cual disminuyó la condena de prisión de nueve años que en su contra impuso el Tribunal Octavo de Sentencia del mismo ramo.

Arnoldo Medrano estuvo al frente de la comuna de Chinautla durante 27 años. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Arnoldo Medrano estuvo al frente de la comuna de Chinautla durante 27 años. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La resolución señala que la nueva pena que Medrano debe cumplir es de dos años conmutables por abuso de autoridad y cuatro años conmutables por concusión. El 20 de julio pasado, el Tribunal lo condenó a tres años conmutables por el primer delito y a seis inconmutables por el segundo.

En aquella fecha se declaró a Medrano responsable de haber contratado de manera irregular a la empresa Grupo Dinámica Constructiva, la cual tuvo a su cargo el cobro y recaudación del impuesto único sobre inmuebles (Iusi) en esa localidad.

Por esa tarea obtuvo una comisión del 15 por ciento, que en total ascendió a Q1 millón 234 mil 787.07, de los Q12 millones 231 mil 913.67 que recaudó entre el 1 de enero del 2011 y el 13 de agosto del 2012. También se disminuyó la conmuta por abuso de autoridad, de Q100 diarios a Q50 diarios. Queda pendiente que se fije la conmuta por el segundo hecho ilícito. La multa por concusión pasó de Q50 mil a Q25 mil.

Por el momento, el Ministerio Público no ha emitido un pronunciamiento al respecto.

Argumentos

El juicio contra Medrano fue tramitado por la jueza Oly García, quien conoció el caso en modalidad de tribunal unipersonal, y determinó que con la contratación de Grupo Dinámica Constructiva resultaron perjudicadas las finanzas de la comuna.

García aseguró que Medrano defraudó la confianza de los habitantes de Chinautla, pues utilizó su cargo para beneficiar a personas cercanas, como familiares y amigos, pues la entidad que recaudó el Iusi tenía vínculos con su hijo y su nuera, entre otras personas.

Los magistrados Roaldo Isaías Chávez Pérez, Eduardo Galván Casasola y César Aníbal Najarro López determinaron que las finanzas de Chinautla no se vieron afectadas por la actividad de la referida empresa, como García lo hizo ver en su veredicto.

En el fallo de la Sala se agrega que ninguno de los habitantes de Chinautla fue perjudicado, pues durante el tiempo que Grupo Dinámica Constructiva cobró el Iusi funcionaron todos los servicios de la comuna.

La resolución de la Sala puede ser impugnada ante la Corte Suprema de Justicia.

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