El Tribunal Primero A de Mayor Riesgo condenó este viernes a 80 años de cárcel inconmutables contra Efraín Ríos Montt por genocidio y delitos contra deberes de la humanidad. Los jueces absolvieron al otro acusado, Mauricio Rodríguez Sánchez.
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17.07 HORAS Periodistas aún no obedecen la instrucción de la jueza Barrios, quien no puede tener a la vista a Ríos Montt y ordena la presencia de más agentes de seguridad para evitar riesgo de fuga de Ríos Montt.
17.06 HORAS La Prensa se abalanza sobre Efraín Ríos Montt para obtener sus reacciones. La jueza Barrios presume que Ríos puede escapar entre el enjambre de periodistas y ordena que todos se sienten.
17.05 HORAS A gritos, la jueza Jazmin Barrios amonesta a Efraín Ríos Montt por intentar salir de la sala de debate y conmina al cuerpo de seguridad de la Corte Suprema de Justicia. "Es una sentencia condenatoria y se tiene que cumplir".
17.02 HORAS Hay aplausos en la Sala de Vistas de la Corte Suprema de Justicia. El público aclama la condena contra Ríos Montt; Rodríguez Sánchez ha quedado absuelto y puede continuar recluido en el Hospital Militar debido a quebrantos de salud.
17.02 HORAS Termina la lectura de la sentencia. El Tribunal ordena a los familiares de víctimas y acusados, simpatizantes y público en general salir de la sala de debate.
16.58 HORAS Tribunal ha cumplido con su deber de emitir sentencia y citamos a los sujetos procesales para el 17 de mayo a las 15 horas para emitir la sentencia completa.
16.56 HORAS Se suspende a Ríos Montt el derecho de sus derechos politicos el tiempo que dure la condena.
16.55 HORAS Encontrándose al acusado José Efraín Ríos Montt se le revocan las medidas sustitutivas dictadas primera instancia penal y se ordena la inmediata detención ordenando su ingreso directamente a un centro de detención.
16.54 HORAS Se cita el próximo lunes a las 8.30 horas la audiencia para establecer la reparación e las victimas. Tribunal ordena al Ministerio Público dar continuidad a investigaciones contra más implicados en el mismo caso.
16.53 HORAS Los juzgadores tenemos que expresar que el reconocimiento del delito de genocidio afecta a todos los guatemaltecos ya que ha dañado el tejido social, creemos que al reconocer la verdad ayuda a sanar las heridas del pasado y la aplicación de la justicia es un derecho a favor de la victimas.
No queremos que hechos de esta naturaleza vuelvan a repetirse, creemos firmemente que para existir paz en Guatemala debe existir previamente justicia.
16.53 HORAS Resulta inexplicable la actitud de Ríos Montt que permitió que el Ejército realizara todas las masacres, violaciones masivas hacia la población.
16.52 HORAS Juzgadores estamos totalmente convencidos de la intención de la destrucción física del área ixil.
16.50 HORAS Optamos 30 años años de prisión inconmutables. Está conciente que ningún ser humano vive la cantidad de la pena impuesta ponemos la pena porque no podemos dejar de observar que fue un numerable número de personas. De la peligrosidad del procesado tribunal no cuenta con elementos científicos.
16.48 HORAS Del mínimo y máximo de la pena para el delito de genocidio, de 30 a 50 años, dentro de ese parámetro, imponemos la pena de 50 años de prision incomutable.
16.47 HORAS Los juzgadores consideramos que la conducta del acusado Ríos Montt encuadra en el delito de genocidio en calidad de autor, por lo que debe imponerse la pena correspondiente.
16.47 HORAS En cuanto a Rodríguez Sánchez D2 no tiene injerencia en el campo de operaciones, optamos por absolverlo por los delitos por los cuales se les acusa.
En cuanto a los delitos de deberes contra la humanidad. Consideramos que Ríos Montt permitió la aplicación de tratos inhumanos a la población, encuadró su conducta en los deberes contra la humanidad por lo que debe imponerse la pena correspondiente.
16.46 HORAS Por José Mauricio Rodríguez Sánchez, viendo que la duda favorece al reo, el tribunal opta por absolverlo a este delito.
16.45 HORAS En cuanto a Rodríguez Sánchez D2 no tiene ingerencia en el campo de operaciones, optamos por absolverlo por los delitos por los cuales se les acusa.
16.44 HORAS Los juzgadores consideramos que la conducta del acusado Ríos Montt encuadra en el delito de genocidio en calidad de autor, por lo que debe imponerse la pena correspondiente.
16.42 HORAS: Es ilógico que el jefe de Estado de facto Efraín Ríos Montt desconocía lo que ocurría en las aldeas de Quiché pues los testigos indicaban que sobrevolaban aeronaves en el área”.
16.40 HORAS: Jazmin Barrios: “Consideramos que el acusado José Efraín Ríos Montt tuvo conocimiento de lo que estaba ocurriendo y no lo detuvo”.
16.35 HORAS: "Las acciones violentas realizadas en contra de los ixiles no fue espontánea, fue la concertación de planes elaborados".
16.20 HORAS: Sigue la retahila de abusos y atrocidades contra los ixiles: Los hombres eran asesinados, presos u obligados a sumarse a grupos paramilitares. Se obligaba a las familias a dejar sus poblaciones y abandonar sus tierras y a renunciar a su lenguaje e identidad cultural.
16.15 HORAS: Se ha podido constatar que las incursiones del ejercito tenian el padron de asesinatos, muerte indiscriminada de ancianos y niños y quema de casas incluso con gente dentro, prosigue el texto leído por el tribunal. Se mencionan también violaciones sisetmáticas de mujeres. "Una mujer fue violada por 20 soldados", se afirma.
16.13 HORAS: El tribunal reseña informes militares y señala que el solo hecho de ser indígena ixil era un delito mortal. Se consideraba a los ixiles como aliados de los insurgentes. "Se consideró a los ixiles como parte de la guerrilla", dice el tribunal. Para los militares, los ixiles realizaban tareas de apoyo a la guerrilla y en consecuencia debian ser reprimidos.
16.06 HORAS: En una atestada sala, el tribunal abre la sesión y pide que el público que atesta las instalaciones se comporte debidamente.
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Antesala a sentencia

Ríos Montt y sus abogados previo al inicio de la audiencia. (Foto Prensa Libre: Érick Ávila)
Ríos Montt se presentó con su equipo de abogados a las 15.40 horas, no se pronunció ante la prensa.
“Damos instrucciones a los guardias por si alguna persona grita o comienza molestar que la saquen, no queremos interrupciones”, dijo la jueza Jazmín Barrios al inicio de su la citación.
Del peritaje de Héctor Rosada Granados el tribunal concluyó que se cometió sistemáticamente el delito de genocidio, pues se produjo la eliminación de un grupo étnico que trajo como resultado el sometimiento del grupo y su desplazamiento.
“Informes antropológicos sirven para verificar la existencia de cementerios clandestinos. Se evidencia que primero les disparaban y luego los enterraban. Los esquelotos tienen evidencia de agresiones, lo cual corrobora las declaraciones de los testigos que declararon la muerte de sus familiares”, señaló la jueza.
"Los juzgadores vemos que el asesinato de bebés y de mujeres embarazadas intentó destruir al pueblo Ixil".
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