Por medio de un acuerdo gubernativo, el Estado de Guatemala limita la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lo que critican activistas y expertos.
El acuerdo 370-2012, firmado por el gobernante Otto Pérez Molina un día antes de la celebración de los 16 años de la firma de los acuerdos de paz —28 de diciembre del 2012—, detalla que la reserva del 20 de febrero de 1987, cuando el Estado reconoció la competencia de la CIDH, “no ha sido interpretada adecuadamente” por la Comisión y la Corte Interamericanas”.
El acuerdo publicado ayer en el Diario de Centro América declara: “Guatemala interpreta la reserva contenida en el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo 123-1987, en el sentido que la competencia de la Corte Interamericana de Justicia (sic) es exclusivamente para hechos cometidos con posterioridad al 9 de marzo de 1987 y que en caso de hechos o delitos continuados, el principio de ejecución o conducta originaria debe haber sucedido con posterioridad al reconocimiento de esa competencia, ocurrida el 9 de marzo de 1987”.
El artículo 2 del acuerdo 123-1987, emitido el 20 de febrero de 1987, al que se refiere la reciente publicación, especifica: “La aceptación de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se hace por plazo indefinido, con carácter general, bajo condiciones de reciprocidad y con la reserva de que los casos en que se reconoce la competencia son exclusivamente los acaecidos con posterioridad a la fecha en que esta declaración sea presentada al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos”.
El constitucionalista Alexánder Aizenstatd expuso que Guatemala intenta que su reserva sea interpretada de la misma manera que las de El Salvador, Nicaragua y Chile.
Pero eso no es posible, ya que esos países establecieron “la reserva de que los casos en que se reconoce la competencia, comprende sola y exclusivamente hechos o actos jurídicos posteriores o hechos o actos jurídicos cuyo principio de ejecución sean posteriores a la fecha del depósito de esta Declaración de Aceptación”, se lee en las reservas de esos países.
Aizenstatd, quien ha laborado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, explicó que Guatemala no especificó que la CIDH no pudiera conocer violaciones que continúan a la fecha, lo que sí hicieron esos países.
Expuso que una desaparición forzada se inicia en el momento en que la víctima es secuestrada, pero continúa en el tiempo mientras no regrese con sus familiares, o sus seres queridos no conozcan la ubicación de sus restos.
Según el constitucionalista, “el acuerdo gubernativo es contrario al Derecho Internacional. El mecanismo por el cual se quiere retirar la competencia de la Corte no está reconocido por el Derecho Internacional”.
Omite reparaciones
En el acuerdo, publicado ayer, el Estado también estipula que reconocerá toda reparación que pueda ser impuesta por la CIDH por hechos ocurridos “exclusivamente con posterioridad al 9 de marzo de 1987 y hasta por valores o formas de reparaciones que no excedan aquellas previstas en la Constitución”.
Édgar Pérez, abogado de la Asociación Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (Famdegua), expresó: “No es posible que el Estado juegue de una forma tan burda con obligaciones internacionales tan delicadas. Están poniendo en riesgo la responsabilidad internacional del Estado”.
Agregó que el Gobierno desconoce su responsabilidad internacional, con lo cual “corre el riesgo de que Guatemala sea parte de la lista de países violadores de derechos humanos”.
Para el representante de Famdegua, el no cumplir con las sentencias emitidas por la CIDH, como lo pretende el Estado con la publicación del acuerdo, “es más grave”. Critica que se escuden en que los valores no deben exceder a las previstas en la Constitución.
Las sanciones emitidas por la CIDH se deben a la negación de la justicia a escala nacional, según Édgar Pérez, quien ejemplifica ese extremo con la sentencia de las masacres de Río Negro, donde la CIDH no reconoció el derecho a la vida, pero sí que el Estado violó el derecho de acceso a la justicia, por lo cual lo sancionó.
Aizenstatd dijo que hay un principio del Derecho Internacional que indica que un Estado no puede invocar el derecho interno para incumplir decisiones de tribunales internacionales. “Está en la Convención de Viena y la Convención Americana de Derechos Humanos”, añadió.
Lo ven como retroceso
Juan Francisco Soto, del Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh), expresó que la publicación en el diario oficial “es preocupante. Es un retroceso, porque las víctimas del conflicto armado accedan a la justicia en ese órgano regional”.
Agregó: “Se le está negando a las víctimas del conflicto armado interno que se conozca la negativa de justicia nacional. Lamentamos que se dé y esperamos que se rectifique”.
Para Soto y Édgar Pérez, el sistema de justicia guatemalteco ha tenido mejoras en los últimos tres años, tiempo en el que se ha visto avance en algunos casos, pero consideran que aún son pocos.
Nineth Montenegro, diputada por la bancada Encuentro por Guatemala y viuda del estudiante desaparecido Fernando García, expresó que espera que no sea una dedicatoria a ella por trabajar en la oposición.
Agregó que es evidente la inclinación de este gobierno al reconocer la labor y resarcir a expatrulleros con viviendas y dinero en efectivo.
“No hay sentido de que el Gobierno ponga excusas, cuando el Estado fue el responsable de hechos que se dieron y deben de conocerse”, puntualizó.
Nery Rodenas, director de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado, comentó: “Es clara impunidad; un acuerdo gubernativo no puede contradecir una normativa internacional”.
En su opinión: “Es clara la intencionalidad. Puede verse la intención de proteger a quienes han violado los derechos humanos”.
Se trató de conocer la opinión del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, pero aún se encuentran de descanso.
Condición a fallos
Antonio Arenales, secretario de la Paz, aseguró que con la interpretación publicada ayer Guatemala le aclara a la Corte que el reconocimiento a su jurisdicción es para hechos posteriores a 1987.
“Se entregó el documento que explica eso el 9 de marzo del 87, manifestando que eran para hechos después de ese año. La Corte dispuso interpretar a su antojo y comenzó a conocer casos anteriores a ese año, aduciendo que era conducta continuada”, dijo Arenales, aunque no aclaró por qué hasta ahora se publica la interpretación.
El funcionario precisó que ese argumento no significa que el Estado de Guatemala niegue responsabilidad por los hechos, porque el Gobierno ha reconocido que hubo excesos, abusos y violación a los derechos humanos, y por esa razón “creó el Programa Nacional de Resarcimiento” (PNR).
Arenales indicó que si hay casos de víctimas por el conflicto armado interno antes de 1987, deben acudir al PNR. “El hecho de que algunos funcionarios de gobiernos anteriores lo hayan hecho no tiene más significado que lo que hicieron en contra de la declaración expresa del Estado”, añadió.
En el caso de la desaparición de Fernando García, cuya sentencia de la Corte se conoció el 22 de diciembre último, Arenales dio a entender que el Estado no la conocerá porque ya existía un acuerdo con la familia del sindicalista.
Quienes se benefician
Con el acuerdo gubernativo 370-2012, firmado el 28 de diciembre del 2012 y publicado ayer en el Diario de Centroamérica, algunas de las personas que se podrían ver beneficiadas para que la CIDH no conozca casos contra ellos son:
Efraín Ríos Montt ex jefe de Estado entre 1982 y 1983, quien actualmente es procesado por genocidio en Guatemala y busca que le otorguen la amnistía.
Benedicto Lucas García, ex jefe del Estado Mayor de la Defensa, quien es investigado por la masacre El Jute.
Óscar Humberto Mejía Víctores, quien fue ministro jefe de Estado de 1983 a 1986, fue declarado inimputable por su estado de salud.
José Rodríguez, fue director de la G-2 y subalterno de Héctor Mario López Fuentes, fue acusado de genocidio por lo que no pudo gozar de la amnistía, aunque la solicitó.
Mario López fue jefe del Estado Mayor de la Defensa. Es el primer militar en solicitar la amnistía , pero le fue denegada.
Pedro García fue jefe policial, se encuentra condenado a 70 años de prisión por desaparición forzada del estudiante Édgar
Aprobación, ratificación y efectos
Los tratados y convenciones que Guatemala aprueba y ratifica tienen efectos sobre la ley nacional.
El 30 de marzo de 1978, Guatemala aprobó la Convención de Derechos Humanos suscrita el 22 de noviembre de 1969.
Con esa aprobación se faculta al Congreso para que formule las reservas. La ratificación fue el 25 de mayo del mismo año.
La primera reserva hecha por Guatemala excluye la aplicación de la pena de muerte y a los delitos políticos, pero no a los delitos comunes conexos con los políticos.
El 20 de mayo de 1986, el país retiró la reserva anterior, pues ya no está acorde con la entonces reciente y aún vigente Constitución de la República.
En 1987, Guatemala reconoció la competencia de la CIDH e hizo la reserva para que esta conozca los casos acaecidos con posterioridad a la fecha en que la declaración fue presentada al secretario general de la OEA, el 9 de marzo de 1987.
El Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica (Remhi) establece 200 mil víctimas en 36 años de guerra, de 1960 a 1996, y documenta 55 mil casos de violaciones a derechos humanos, según seis mil testimonios.
Según el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, ratificada por el Estado, estipula que la ley interna no puede ser invocada para incumplir con el Derecho Internacional.
El artículo 46 de la Constitución en materia de derechos humanos estipula que los tratados tienen preeminencia sobre el derecho interno.
Opiniones
Tribunal no existe
“Es importante aclarar. No sé quién hizo el dictamen jurídico, pero parece que desconoce el derecho internacional. Se habla de la Corte Interamericana de Justicia, pero ese tribunal no existe”, criticó el abogado Édgar Pérez.
Justicia no llega
“Es una manipulación para proteger a violadores de derechos humanos durante el conflicto armado interno. La justicia guatemalteca no ha sido pronta y precisa, y se ha tenido que acudir a lo internacional”, expresó Nery Rodenas.
Acuerdo contrario
“El reconocimiento de las sanciones impuestas es contrario a lo que dice el derecho internacional. El acuerdo dice que no van a reconocer reparaciones que no sean equivalentes al derecho internacional”, dijo Alexander Aizenstatd.
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