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Guatemala, martes 13 de junio de 2006

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Nacionales

CC elimina artículo de código
Por: Sonia Pérez

La Corte de Constitucionalidad (CC) eliminó en definitiva la norma que exoneraba de la pena a un violador cuando se casaba con su víctima.

La CC resolvió con lugar una inconstitucionalidad promovida por el Procurador de los Derechos Humanos.

“Como consecuencia, se expulsa del ordenamiento jurídico el artículo impugnado”, señala.

El artículo 200 del Código Penal estipulaba que si un violador se casaba con su víctima, siempre que ésta fuera mayor de 12 años y previa aprobación del Ministerio Público, quedaba exonerado de la pena.

En la impugnación, la Procuraduría argumentó que dicho artículo violaba el derecho humano de la víctima, minimizando la violación sexual a una agresión de honor a la familia sin considerar a la víctima.

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