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Termómetro Fiscal: La factura electrónica (Face)
Por:
Oscar Chile Monroy
Opinión
Novedosa resulta la disposición de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) de viabilizar la utilización de facturas, notas de crédito, notas de débito en versión electrónica, que sustituiría la utilización en papel de tales documentos.
Con la publicación en el diario oficial el 3 de septiembre del corriente año del acuerdo 24-2007 del Directorio de la SAT, Guatemala es el primer país en Centroamérica y el cuarto a nivel latinoamericano de contar con disposición para la utilización de la Factura Electrónica “FACE”, y buscar de esta manera que poco a poco se desplace la factura impresa en papel.
En Latinoamérica los países que cuentan con FACE son México, Argentina y Chile.
El acuerdo en mención entra en vigor el 1 de octubre de este año y es un régimen optativo, lo que quiere decir que queda a decisión de los contribuyentes solicitar autorización para usar las facturas, notas de crédito, notas de débito y otros documentos en versión electrónica.
Una vez obtenida la autorización, el contribuyente emitirá sus facturas en versión electrónica a otro contribuyente que tuviese también autorización, y evitar así el uso de papel.
Habrá casos en que el comprador requiera la factura impresa, para ello, el contribuyente emisor podrá imprimir “n” veces en una hoja bond o similar, la factura que corresponda.
Para la generación de dichos documentos de forma electrónica existirán especies de imprentas virtuales que se les denomina Generador de Facturas Electrónicas o GFACE, quienes entre otros requisitos deberán contar previamente con autorización de la SAT, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, con experiencia en aplicaciones de software mayor a tres años, capital autorizado y pagado de Q1 millón, con acciones nominativas, etc.
El acuerdo del directorio establece para el contribuyente los procedimientos para la solicitud de autorización para emitir las facturas y documentos en forma electrónica, conservación y almacenamiento de registros, resguardo de copias, código de seguridad, declaración jurada del IVA, etc.
Será una buena herramienta para la fiscalización de la SAT y para el contribuyente puede representarle reducción de costos tales como impresión, almacenamiento y de control interno.
Impartiremos una conferencia al respecto este 28 de septiembre. Tel.2382-3939
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