Al grano
Hacia una verdadera modernización portuaria: simplificación y mercado
El régimen portuario puede dar al país un impulso extraordinario, hay que aprovechar la oportunidad.
Es motivo de celebración que el Congreso de la República y el Organismo Ejecutivo hayan volcado su atención hacia el sistema portuario nacional. La reciente aprobación del decreto 26-2024 y la discusión de una iniciativa de Ley General del Sistema Portuario evidencian una impostergable toma de conciencia: el modelo portuario actual, agotado por la ineficiencia, los altos costos y la vulnerabilidad institucional, es un pesado lastre para nuestros exportadores, importadores y para la competitividad general de la economía. Reconocer que el statu quo ya no es sostenible es el primer y más importante paso.
El enfoque y las intenciones son correctas, pero la arquitectura jurídica del sistema portuario puede mejorarse mucho.
Asimismo, es un acierto conceptual abrir decididamente el desarrollo de puertos, terminales especializadas y servicios conexos a la inversión privada, tanto nacional como extranjera. El dinamismo del comercio marítimo global exige un ritmo de inversión en infraestructura y tecnología que el presupuesto público simplemente no puede asumir de forma aislada.
Sin embargo, el éxito del viraje estratégico no dependerá de la buena voluntad, sino de la arquitectura jurídica que diseñemos. Al analizar la normativa vigente y las propuestas en agenda, se observa una tendencia a crear estructuras innecesariamente complicadas, de un marcado acento formalista y excesivamente reglamentarias en lo orgánico, que corren el riesgo de ahogar la agilidad comercial en un mar de burocracia.
Guatemala ya posee un precedente exitoso de modernización regulatoria. El sector de las telecomunicaciones floreció cuando se entendió que el Estado debe normar el mercado, no operarlo. Bajo esa misma lógica, una ruta más sustancial y eficiente para nuestros puertos públicos sería su transformación en sociedades mercantiles. En este esquema, el Estado actuaría como accionista inicial, abriendo progresivamente el capital a operadores e inversores privados bajo reglas transparentes de mercado.
Una entidad administrativa pública, por su propia naturaleza y controles legítimos, carece de la flexibilidad comercial, laboral y financiera indispensable para competir y negociar en mercados globales. La burocracia estatal es idónea para ejercer la autoridad y las funciones públicas, pero es un corset disfuncional para la gestión empresarial.
La verdadera reforma portuaria no requiere de macroestructuras administrativas, sino de un marco legal ágil y minimalista centrado en tres pilares fundamentales: Garantía de libre competencia: Apertura irrestricta al mercado de instalaciones y servicios, limitando la intervención regulatoria exclusivamente a prevenir y sancionar los abusos de posición dominante. Coordinación de funciones soberanas: Una delimitación nítida de cómo deben interactuar dentro de los recintos portuarios las autoridades de aduanas (SAT), seguridad pública, migración, sanidad y capitanía de puerto. Autonomía de gestión: Permitir que cada empresa portuaria se organice con libertad corporativa y operativa para ganarse el favor de los usuarios mediante la eficiencia y costos competitivos.
Las funciones regulatoria, supervisora de seguridad, acceso y calidad; de arbitraje técnico y supervisión de condiciones no discriminatorias de acceso a los servicios portuarios podría asignarse de forma simplificada a una dependencia especializada del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda o bien a una agencia reguladora independiente, pequeña pero de alta capacidad técnica.
El Congreso ha abierto una ventana de oportunidad histórica. Aprovechemos este impulso no para sobrerregular el sector, sino para dotar a Guatemala de un marco portuario ágil, moderno y competitivo que potencie nuestra privilegiada posición geográfica en el comercio internacional y dé a nuestra economía el oxígeno que necesita para un “segundo aire”.