EDITORIAL

¿Cuántos puntos se le da a la honorabilidad?

El problema de fondo es que para integrar la postuladora priman requisitos formales, pero no se sabe —aunque sí se sospecha— cómo y por qué fueron designados ciertos postuladores de dudosos nexos y actitudes que lo reflejan.

De inicio resulta pertinente cuestionar si acaso hay alguna universidad, entre las que participan en la elección del contralor —incluidas las de cartón, que no tienen ningún alumno ni están funcionando—, que contemple dentro de sus reglamentos académicos que no exista un punteo mínimo que sirva de referencia para que un estudiante apruebe o no una asignatura. Seguramente, no. Y, si acaso, en alguna materia de prerrequisito, existe la posibilidad de que si solo pocos alumnos logran un 90 o un 80, pero la mayoría queda con 50 o 40 debido a la dificultad del examen, “jalarían” la aprobación de algunos para que no pierdan tantos.

Por eso mismo es llamativo cómo la comisión de postulación para contralor general de Cuentas, integrada por delegados universitarios y de colegios profesionales, decidió no fijar una línea de corte con un punteo mínimo, que usualmente ha sido de 75 puntos. Hubo propuestas de dejarlo en 60 o 70, pero no fueron aceptadas por los integrantes. Establecieron que se hará una preselección de 15 aspirantes según el punteo obtenido: una decisión que podría parecer salomónica, pero que deja serias dudas sobre la intencionalidad y la capacidad de estos evaluadores.

Porque no están eligiendo cualquier perfil, sino el de la persona que se encargará de contarles las costillas a los tres poderes del Estado, un cargo en el cual se deben entregar cuentas claras, sin aproximaciones ni ajustes. La transparencia debe sacar cien puntos o comienza a opacarse progresivamente. La nota de corte brindaba al menos algún parámetro de exigencia. En este punto cabe señalar que el examen tiene sus aspectos capciosos: es decir, la tabla de gradación tiene problemas, porque, a pesar de todos los aspectos que “mide”, dejó fuera la evaluación de la reconocida honorabilidad.

El pretexto manido es el mismo: una “presunción de inocencia” que no aplica, porque no se está en un juicio penal, sino en una evaluación técnica y ética. Lo más llamativo es que de los cien puntos de la tabla, 83 están concentrados aspectos meramente académicos: 23 puntos por títulos académicos de grado y posgrado, 60 a “experiencia profesional”, 10 puntos si es docente, cinco puntos por producción documental y dos de “proyección humana”.

Sí, se necesita ponderar lo que un profesional ha estudiado y trabajado; sin embargo, si el país va a confiar en alguien para fiscalizar el uso de recursos públicos, necesita demostrar también independencia de intereses políticos y económicos, ausencia de nexos que impliquen sesgos. En teoría, se presume que todos los participantes son honorables, pero muy aparte es que sea reconocida, como exige la Constitución. La honorabilidad tampoco debería confundirse con la ausencia de cualquier cuestionamiento: todo aspirante que se presenta voluntariamente para ser tomado en cuenta está aceptando tácitamente un escrutinio sobre su desempeño, a fin de justipreciar su idoneidad.

Con o sin línea de corte, lo crítico es la herramienta con la cual se otorgará una magnitud a los criterios de selección. En términos de calidad ética, establecer una línea de corte de 10, 15 o 20 plazas para “los mejores punteos” no es tan importante como saber decir qué es lo que tales números están reflejando. Y allí es donde radica el valor de evaluar la honorabilidad, como un respaldo fundamental para las aspiraciones de todo profesional. El problema de fondo es que para integrar la postuladora priman requisitos formales, pero no se sabe —aunque sí se sospecha— cómo y por qué fueron designados ciertos postuladores de dudosos nexos y actitudes que lo reflejan.

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