Los contribuyentes que ya estén inscritos o se inscriban antes del 1 de julio del presente año aún mantendrán la opción se seguir usando facturas en modalidad de papel si aún no se han pasado a la electrónica, refirió el auditor Óscar Chile Monroy de la firma MGI Chile Monroy.
El auditor es del criterio de que si a un contribuyente se le autorizada su inscripción el último día hábil de junio, aunque la autorización para facturas la haga posteriormente, aún tiene la oportunidad o derecho de usar facturas de papel.
Refirió “hay muchas dudas en los contribuyentes porque la mayoría piensa que a partir del 1 de julio todo el mundo está obligado a usar factura electrónica en línea, pero esa obligación es solo para los que se inscriben por primera vez a una actividad económica de cualquier régimen impositivo”, agregó.
Fernando Suriano, intendente de Recaudación de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) confirmó que a partir de esa fecha todo contribuyente nuevo, individual o jurídico, que por primera vez inscriba un establecimiento deberá utilizar el sistema de FEL para facturar.
El funcionario lo califica como una facilitación para el usuario, mencionó que a la fecha hay 17 certificadores autorizados por la SAT, además que esa misma entidad es un certificador gratuito y los contribuyentes pueden utilizar las plataformas de Agencia Virtual o la Aplicación FEL para facturar.
A la fecha hay más de 300 mil contribuyentes que usan FEL y se han emitido más de 1 mil 270 millones de documentos y el 85% de la facturación del país es en línea, agregó.
Algunos contribuyentes se han pasado a esa modalidad de forma voluntaria y otros en la inclusión paulatina que se ha hecho de los sectores.
“La aplicación FEL es un sistema fácil, eficiente y rápido, que permite a los usuarios la generación de facturas desde cualquier lugar, únicamente tienen que tener el dispositivo móvil ya sea en sistema Android o IOS. Además, se está trabajando en la función de permisos delegados, para que más usuarios puedan emitir facturas de un mismo establecimiento”, comento Suriano.
Qué dice el reglamento
La reforma al reglamento a la Ley del IVA, según acuerdo gubernativo 222-2019, adiciona el artículo 28 bis, el cual se establece que el Régimen de FEL será el único medio que la Administración Tributaria autorizará para la emisión de documentos tributarios a las personas que se inscriban por primera vez para realizar una actividad económica, a partir del 1 de julio de 2021, refiere la firma Deloitte en un documento que recopila la temática que incorporó la modificación al reglamento.