Economía

Contribuyentes pueden beneficiarse de exoneración fiscal a partir de hoy

Desde este sábado los contribuyentes ya pueden consultar en el portal de la SAT si poseen algún omiso, luego de que este día entró vigencia de la exoneración de multas, intereses o recargos de los períodos impositivos antes del 1 de enero del 2017. 

En el sitio www.sat.gob.gt ya está disponible al público a partir de este sábado el enlace en el cual los tributantes podrán hacer las consultas, así como los procedimientos a seguir.

También se brinda información acerca si se encuentran en proceso de cobro judicial, fiscalización, así como realizar convenios de pagos, según el Acuerdo Gubernativo 82-2017, que otorga la facultad.

La actualización del sistema informático incluye las plataformas, donde los contribuyentes podrán saber si cuentan omisos, explicó Abel Cruz Calderon, intendente de Recaudación de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

Por aparte, el funcionario explicó que si el contribuyente desea conocer el monto de los adeudos y si cuenta con el sistema de Agencia Virtual, podrá ingresar en su portal para conocer cuál es su saldo a liquidar.  De manera automatiza, el sistema realizará un desplegado de los montos.

Si el contribuyente, no posee la herramienta informática, podrá acudir a las agencias de la SAT, ubicadas en diversos departamentos del país, para conocer sobre su saldo.

En ambos procedimientos el monto que el sistema le proporcionará ya no incluirá los porcentajes de multas, intereses y otros cargos.

En la actualización del sistema, se pueden consultar los pasos a seguir.

Llaman a pagar

El ministro de Finanzas, Julio Héctor Estrada, llamó hace algunos días a los contribuyentes que tengan alguna inconsistencia en el pago de impuestos a aprovechar el beneficio de la exoneración.

“Es una oportunidad para que los tributantes puedan regularse y aquellos no cuenten con los recursos pueden optar a convenios de pago”, afirmó.

Los contribuyentes también podrán ponerse al día en el impuesto sobre circulación de vehículos. En este impuesto se calcula que hay 584 mil propietarios de vehículos que están morosos.

Según la SAT hay 684 mil contribuyentes que presentan omisos, de los cuales el 69%, corresponden a pequeños contribuyentes del IVA con 469 mil tributantes.

Además entre los omisos hay 42 mil contribuyentes inscritos en el régimen sobre utilidades del ISR, que representan el 6% de omisos, pero son lo que tienen los mayores montos de adeudos.

Estos contribuyentes fueron los intervenidos por juzgados a solicitud de la SAT en el 2016.

El ente tributario proyecta recaudar más de Q800 millones por la exoneración.

En resumen

  • La exoneración empieza el 20 de mayo y termina el 19 de agosto.
  • En el primer mes se aplica una exoneración del 100%, el segundo mes se aplica exoneración de 95% y el tercer mes de vigencia se aplica el 90%.
  • Los contribuyentes van a poder verificar en el portal web de SAT www.sat.gob.gt si tienen omisiones en sus declaraciones, casos admirativos o jurídicos.
  • Al ingresar a declaraguate, el formulario si les indica el adeudo por ejemplo de Impuesto sobre circulación, pero en el caso de ISR e IVA es el contribuyente el que debe ingresar los datos. El sistema le indicará que no hay multas, intereses o moras y genera el recibo por el pago del impuesto.
  • Si las declaraciones fueran a cero, solo tendrán que presentarlas en un banco y no pagar, porque la exoneración les quita la multa.
  • En el caso que hay impuestos pendientes, deben cancelarlos en su totalidad para que se les aplique la exoneración y pueden aplicar a convenios de pago.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.