Economía

Coronavirus: Los cobros judiciales suspendidos en la SAT por las restricciones

Los efectos del coronavirus también han impactado en la cobranza de impuestos por la vía judicial, ya que las instituciones de justicia han reducido su actividad como parte preventiva por la emergencia sanitaria.

Las audiencias señaladas para conocer casos relacionados a la aplicación de la Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria se han postergado por la crisis sanitaria. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

Las audiencias señaladas para conocer casos relacionados a la aplicación de la Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria se han postergado por la crisis sanitaria. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

Por lo menos unos Q25 millones en impuestos es el monto que aún no se cobra en el primer semestre del año, por la suspensión o reprogramación de las audiencias en los juzgados y el sistema de justicia.

Ventilación de casos

Los procesos corresponden a lo establecido en la Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria 7-2019 que aprobó el Congreso el año pasado.

Manuel Mejicanos Jiménez, intendente de asuntos Jurídicos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), expresó que las audiencias señaladas para conocer estos casos se han postergado por la crisis sanitaria.

Comentó que se han dejado de cobrar unos Q25 millones por la no aplicación del referido decreto a los contribuyentes.

“Los que tienen problemas de crédito fiscal puedan regularizar sus facturas e indicar cuáles facturas quieren regularizar para poder liquidar los impuestos a la SAT”, explicó el intendente.

Los contribuyentes pueden aplicar al artículo 11 del decreto y si llenan los requisitos pueden regularizar sus facturas para resolver los procesos penales.

La normativa se refiere a la regularización mediante pago a cuenta de terceros, y establece que los contribuyentes que los periodos contables y fiscales antes del 1 de enero del 2013, hayan realizado registros contables o respaldado la devolución del crédito fiscal con facturas emitidas por personas jurídicas e individuales a quienes la SAT les haya encontrado inconsistencias en la documentación presentada por estas o que no haya sido localizada la dirección de su domicilio fiscal registrado, podrán por cuenta propia o por cuenta de terceros (proveedores, vendedores o intermediarios), pagar las obligaciones tributarias del IVA que se haya causado por las operaciones documentadas por dichas facturas.

Para ello deberán de comprobar una serie de requisitos para poder aplicar.

Es decir, regularizar las facturas para resolver los casos penales de crédito fiscal, ya que fueron contribuyentes que fueron denunciados -en instancia penal- por devolución de crédito fiscal al presentar facturas anómalas o falsas.

Según el intendente, son unas ocho empresas que buscan regularizarse y que están en ese proceso, más una cartera que está en la instancia económico coactivo, suman los Q25 millones.

Audiencias

Mejicanos Jiménez declaró que los contribuyentes que van a aplicar a Ley de Simplificación, los juzgados de instancia penal tienen que celebrar audiencias, pero no se están llevando a cabo para que los jueces, determinen si procede o no el pago de esas facturas.

“No se ha podido ejecutar la cobranza económica coactiva por las circunstancias actuales”, aseveró el intendente.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.