ECONOMÍA

Pensión por vejez del IGSS: qué hacer si llega a los 60 años sin completar las cuotas requeridas

Los afiliados que cumplen 60 años sin alcanzar las 240 cuotas del IGSS aún tienen alternativas para acceder a una pensión por vejez. Más detalles en la nota.

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Los afiliados del IGSS que no han completado las 240 cuotas mínimas para pensionarse por vejez pueden continuar cotizando como trabajadores activos o mediante la figura de contribuyente voluntario. (Foto Prensa Libre: Sabine van Erp en Pixabay)

Para miles de trabajadores guatemaltecos, la pensión por vejez del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) representa una fuente de ingresos durante esa etapa de la vida.

Sin embargo, al llegar a los 60 años, algunas personas descubren que aún no han completado las 240 cuotas mínimas exigidas para acceder a este beneficio.

Ante esta situación, el IGSS contempla mecanismos que permiten continuar aportando para alcanzar el requisito y optar a una pensión.

¿Qué pasa si cumple 60 años y le faltan cuotas?

La jefa del Departamento de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS), Claudia Sentes, explica a Prensa Libre que los afiliados que alcanzan los 60 años sin completar las cuotas mínimas tienen dos opciones principales.

Continuar como empleado

La primera es continuar trabajando formalmente para seguir cotizando hasta completar las 240 cuotas requeridas.

Por ejemplo, si a una persona le faltan 20 cuotas, deberá aportar durante aproximadamente un año y ocho meses más para cumplir el requisito.

Ser contribuyente voluntario

La segunda alternativa es incorporarse como contribuyente voluntario del IGSS, una modalidad diseñada para quienes ya no cuentan con un empleo formal, pero desean continuar realizando aportes al programa IVS.

No obstante, Sentes recuerda que el monto de la futura pensión dependerá de diversos factores, entre ellos el historial de cotización y el salario reportado durante los últimos años previos a solicitar el beneficio.

¿Puede aportar si aún no tiene 60 años?

El programa de contribuyente voluntario también está disponible para personas que todavía no alcanzan la edad para pensionarse, explica Sentes.

Por citar un ejemplo, un afiliado de 55 años que dejó de trabajar y aún necesita completar 40 cuotas para alcanzar el mínimo exigido.

En este escenario, puede continuar cotizando de forma voluntaria para llegar a las 240 cuotas antes de cumplir los 60 años.

Sin embargo, para acceder a esta modalidad, el interesado debe haber realizado al menos 12 meses de contribución obligatoria durante los 36 meses previos a presentar la solicitud.

Incluso si el afiliado completa las cuotas mínimas antes de llegar a la edad de jubilación, puede seguir aportando al IGSS para mejorar el cálculo de su futura pensión.

¿Qué significa completar las 240 cuotas?

Las 240 cuotas del IGSS constituyen el requisito mínimo para optar a los beneficios del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia.

En el caso de la pensión por vejez, estas cuotas funcionan como el requisito de ingreso al programa. Una vez cumplido este requisito, el monto de la pensión se calcula según el historial salarial y el tiempo total de cotización acumulado.

Cómo se calcula la pensión por vejez del IGSS

De acuerdo con el reglamento del IGSS, la pensión mínima por vejez es de Q340 mensuales y la máxima puede alcanzar los Q7 mil 200.

El monto específico que recibe cada afiliado se determina con base en tres factores establecidos en la normativa institucional:

  • El 50% de la remuneración base, calculada sobre el promedio de los salarios reportados durante los últimos 60 meses antes de solicitar la pensión.
  • Un 0.5% adicional por cada seis meses de cotización que excedan los primeros 120 meses de aportes.
  • Una asignación familiar del 10% por cada beneficiario dependiente que cumpla los requisitos, como cónyuge, hijos menores de edad o hijos con discapacidad.

Por ello, alcanzar las 240 cuotas mínimas permite acceder al programa, pero no determina por sí solo el monto que recibirá el pensionado.

¿Qué es un contribuyente voluntario del IGSS?

La figura de contribuyente voluntario permite que una persona que dejó de laborar en el sector formal continúe realizando aportes al programa IVS.

Esta modalidad brinda acceso a las prestaciones económicas relacionadas con invalidez, vejez y sobrevivencia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por el instituto.

Sin embargo, es importante aclarar que el programa no incluye cobertura médica, ya que está enfocado exclusivamente en los beneficios de pensión.

¿Cuánto paga un contribuyente voluntario?

La cuota mensual se calcula tomando como referencia el último salario completo reportado por el afiliado cuando trabajaba formalmente.

Sobre ese salario se aplican los siguientes porcentajes:

  • Cuota patronal: 3.67%.
  • Cuota laboral: 1.83%.
  • Total a pagar: 5.5%.

Mediante estos aportes, el afiliado puede acumular las cuotas necesarias para alcanzar las 240 exigidas por el programa y así optar a una futura pensión por vejez.

Prensa Libre cuenta con una sección especial dedicada a resolver dudas sobre los procedimientos del IGSS, en particular sobre invalidez, vejez y sobrevivencia. Le invitamos a leerla para conocer más sobre sus derechos y los pasos a seguir en cada trámite.

ESCRITO POR:

Glenda Burrión

Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.