Economía

Reglamentan convenio 138 de la OIT para evitar trabajo infantil y regular el empleo para adolescentes

El Ministerio de Trabajo emitió el reglamento para hacer efectiva la aplicación del convenio 138 de la OIT respecto de que se refiere la edad mínima de admisión para el empleo que incluye inspecciones de sitios de trabajo.

Miles de adolescentes de entre 15 a 18 años, y niños  hasta 14 años se ven en la necesidad de trabajar en Guatemala. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Miles de adolescentes de entre 15 a 18 años, y niños hasta 14 años se ven en la necesidad de trabajar en Guatemala. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El reglamento, acuerdo 260-2019, fue publicado este martes 23 de julio del 2019 en el Diario de Centroamérica con el entrará en vigencia 8 días después de esa publicación.

El objetivo según dicha entidad estatal es proteger los derechos de los adolescentes trabajadores establecidos en el convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se indica en el documento.

La Unidad de Protección a la Adolescencia Trabajadora (UPAT)de ese ministerio coordinará con la Inspección General del Trabajo (IGT)l o relacionado a la admisión para al empleo.

Tanto la UPAT como la IGT deberán coordinar con las instituciones pertinentes para realizar inspecciones conjuntas con el objetivo de eliminar el trabajo infantil y sus peores formas, el trabajo forzoso y la modalidad de trata de personas.

Procedimientos

  • Para los menores de 18 años de edad y mayores de 15 años, la Inspección General del Trabajo a través de cada delegación departamental registrará los datos del solicitante y extenderá una constancia firmada y sellada por el delegado.
  • En la constancia deberá hacer del conocimiento formas de trabajo infantil y el tipo de actividades al que les es prohibido prestas sus servicios.
  • Posteriormente la IGT dará acompañamiento a los solicitantes para que acudan a la Unidad de Protección a la Adolescencia Trabajadora (UPAT) para ser orientados sobre sus derechos y obligaciones laborales.

La UPAT en mención al recibir al adolescente debe seguir este procedimiento:

  • Solicitar certificado de nacimiento original o copia y la hoja de constancia que se le entregue a la IGT.
  • Se verificarán los datos de ambos documentos.
  • Se brindará orientación sobre sus derechos y obligaciones laborales.
  • Registrará los datos del adolescente en la base de datos de la UPAT.
  • Se sellará la hoja de constancia.
  • En el resto de departamentos de la República donde no se tenga representación de la UPAT, la constancia deberá ir firmada por el delegado departamental de la IGT.

En el 2017 Guatemala ratificó el convenio para erradicar las peores formas de trabajo infantil con la OIT por medio de una hoja de ruta.

El trabajo infantil en Guatemala incluye los menores de 14 años en tanto se permite el trabajo de 15 años en adelante cumpliendo ciertos requisitos.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.