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Autopista Palín-Escuintla: Tránsito de la PNC velará para que transporte de carga de más de 6 ejes no circule en ese tramo y no se excedan 80 k/h

Mingob publica acuerdo en el que establece que DT de la PNC deberá darle cumplimiento al Acuerdo Ministerial Número 438-2023 del Ministerio de Comunicaciones que impone nuevas restricciones en la autopista Palín-Escuintla a partir del 1 de mayo.

Autopista Palín Escuintla empresarios critican

El gobierno decidió que la Autopista Palín-Escuintla pasará a control estatal el 1 de mayo de 2023. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El Ministerio de Gobernación (Mingob) publicó este 28 de abril el Acuerdo Ministerial 231-2023 en el que acuerda que el Departamento de Tránsito (DT) de la Dirección General de la Policía Nacional Civil deberá cumplir la normativa que regirá a partir de 1 de mayo en la autopista Palín-Escuintla, en cuanto a la restricción para que circulen por ese tramo los vehículos de carga de seis ejes.

El acuerdo fue publicado en el Diario de Centro América, menciona que el DT de la PNC deberá darle cumplimiento al Acuerdo Ministerial Número 438-2023 de fecha 26 de abril de 2023, emitido por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, el cual “restringe la circulación de vehículos automotores de carga y sus combinaciones mayores o iguales a seis ejes”.

Añade que de esta normativa se exceptúa el transporte de pasajeros, vehículos de emergencia, seguridad nacional y grúas por ser un equipo de servicio en la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla a partir del 01 de mayo de 2023 al 30 de abril del 2024.

Brenda Santizo, portavoz del Departamento de Tránsito de la PNC, dijo que esa dependencia es está en auxilio el Acuerdo Ministerial 438-2023.

Señala con la finalidad de brindar seguridad vial el Departamento de Tránsito de la PNC está actuando en respuesta a este acuerdo ministerial como ente rector de la seguridad vial.

Agregó que su objetivo es contener y reducir la cantidad de hechos y siniestros que se dan y también el monitoreo y control de la carretera para verificar el cumplimiento de las restricciones que son la no circulación de vehículos y automotores de carga y sus combinaciones mayores iguales a los 6 ejes y controlar la velocidad, que tiene un máximo de 80 km/h.

El pasado 22 de abril, el presidente Alejandro Giammattei confirmó que a partir del 1 de mayo de 2023 ya no habrá cobro de peaje en la autopista Palín-Escuintla, al concluir el plazo de la concesión que tuvo la empresa Marhnos durante 25 años.

“Se acabo la concesión. Ya no hay contrato”, dijo luego de que la prensa cuestionara al Gobierno sobre el futuro del tramo vial, cuya administración quedará en manos de la Dirección General de Caminos (DGC) del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó el 27 de abril, en el Diario de Centro América, el Acuerdo 438-2023 en el que restringe la circulación de vehículos de carga y sus combinaciones iguales o mayores a 6 ejes a partir del 1 de mayo de 2023.

Según el artículo 2, para garantizar la seguridad vial en la autopista,  por medio del control de la velocidad de circulación de la carretera, la velocidad máxima será de 80 kilómetros por hora.

Restricciones a la publicidad y comercio

La normativa también establece que se prohíbe la colocación “de cualquier tipo de rótulos, vallas, mantas, mupis o anuncios publicitarios en la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla, sin la previa autorización de la Dirección General de Caminos”, según se lee en el artículo 3.

Además, el artículo 4, prohíbe “todo tipo de comercio de productos, artículos o servicios dentro el derecho de vía de la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla, así como cualquier objeto que impida, obstaculice u obstruya la visibilidad de las señales de tránsito, puentes, intersecciones de vías o cruces en el tramo”.

Reductores de velocidad y retornos

El acuerdo establece en el artículo 5, que derivado de las circunstancias especiales y con el objetivo de resguardar la seguridad e integridad de las personas, “se faculta a la Dirección General de Caminos para la colocación de reductores de velocidad en áreas técnicamente necesarias de la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla”.

Además, se prohíbe la creación de retornos viales o cualquier corte a los arriates en la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla, según establece el artículo 6.

Control

El CIV estableció, en el artículo 7, que las dependencias que estarán a cargo del control y aplicación de las disposiciones de este acuerdo serán la Dirección General de Caminos (DGC); Dirección General de Transportes, (DGT) y la Dirección General de Seguridad Vial (Provial).

Plazo

Estas restricciones tendrán vigencia de 1 año y estarán comprendidos entre el 1 de mayo de 2023 y el 30 de abril de 2024.