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¿Qué es el estado de prevención que el presidente Bernardo Arévalo declaró en toda Guatemala?
Por medio de una conferencia de prensa, el presidente Bernardo Arévalo anunció que se implementará el estado de prevención en toda Guatemala. Esto debe saber sobre esta medida.
A horas de que finalice el estado de sitio en Guatemala, el presidente Bernardo Arévalo informó, por medio de una conferencia de prensa, que se tomó la decisión de declarar el estado de prevención a nivel nacional a partir de este martes 17 de febrero del 2026.
En su pronunciamiento, Arévalo destacó que durante el estado de sitio se lograron grandes avances en la lucha contra la criminalidad, entre ellos cortar los sistemas de comunicación dentro de las cárceles, desbaratar la coordinación de los jefes de las maras desde el interior de los centros carcelarios, así como efectuar capturas, incautaciones y extradiciones.
Dentro de su mensaje, Bernardo Arévalo resaltó que, en este período del estado de sitio, se logró realizar un censo del 100% de las personas que están dentro del sistema carcelario del país. Para continuar con la estrategia, el mandatario destacó que se tomó la decisión de decretar el estado de prevención en todo el país a partir de este martes 17 de febrero del 2026.
La medida, que no tiene que ser aprobada ni respaldada por el Congreso de la República, no puede exceder los 15 días. Esta disposición permitirá a la Policía Nacional Civil y al Ejército de Guatemala mantener la estrategia de “operativos quirúrgicos” contra el crimen organizado.
Otra de las medidas que el presidente resaltó que se tomarán será el despliegue del plan Centinela Metropolitano, lo que permitirá a la PNC continuar con operativos dentro del departamento de Guatemala.
¿Qué es el estado de Prevención?
Según la Ley de Orden Público de Guatemala, en su capítulo II, artículo 8, y conforme a la Constitución Política de la República, esta medida puede ser decretada por el Gobierno; no requiere la aprobación del Congreso y su vigencia no puede exceder de 15 días.
Durante este período, el Organismo Ejecutivo puede aplicar medidas temporales para mantener el control y la seguridad, entre ellas:
- Militarizar servicios públicos, incluidos centros educativos, y supervisar servicios prestados por empresas privadas
- Regular o suspender huelgas y paros, especialmente si tienen fines políticos
- Limitar o prohibir reuniones y manifestaciones públicas, incluso si son privadas
- Disolver reuniones o protestas que no cuenten con autorización o que impliquen uso de armas o violencia
- Restringir la circulación de vehículos, establecer horarios o zonas de control y exigir registro de itinerarios
- Solicitar a medios de comunicación que eviten publicaciones que, a criterio de la autoridad, inciten a alterar el orden público
Si estas disposiciones no son acatadas, las autoridades pueden proceder legalmente por desobediencia, sin perjuicio de otras sanciones que correspondan
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