Luego de la autorización, el establecimiento puede solicitar el incremento de la misma en un 15%, tal aumento tendrá vigencia por tres años.
El acuerdo 36-2015 deroga el publicado el 13 de noviembre de 1985, que fijaba los pagos que podían pedir los colegios.
Al margen de los cambios autorizados por el Mineduc , una pregunta que sobresale es: ¿Quién fiscalizará si estos incrementos son necesarios y qué población podrá pagar las nuevas cuotas?
Para analizar este tema conversaremos con el pedagogo Carlos Aldana y Diana Brown de las Asociación de Colegios Privados de Guatemala en el programa Diálogo Libre a las 15:30 horas por Prensalibre.com