Justicia

Integración de nómina para fiscal general queda en manos de la CC

Acciones legales, estancamiento y la falta de consensos complica el panorama de la comisión para elegir al próximo fiscal general.

Elección de jefe del MP

Continúa la sesión para definir a los seis integrantes de la nómina de candidatos a dirigir el MP. (Foto Prensa Libre: E. Vargas)

La Corte de Constitucionalidad (CC) dio trámite a una acción de amparo que fue promovida por los abogados Érick Miguel Castillo López y Mynor Giovanni Caté, por lo que ordena a la postuladora para elección del jefe del Ministerio Público (MP) rinda un informe circunstanciado de las recientes actuaciones.

Castillo y Caté en la acción legal reclaman que la comisión ha actuado con “exclusión arbitraria e ilegal” de los aspirantes que obtuvieron las mejores calificaciones y que cumplieron con los méritos éticos, consideraciones que según los profesionales son aspectos suficientes para que sean incluidos en la nómina de seis candidatos a fiscal general 2022-2026.

Los interponentes actúan en calidad de ciudadanos y reclaman que existe una amenaza de que se excluya a las mejores calificaciones y esto extremo se extiende a que el presidente quien al elegir aprobaría las arbitrariedades de la comisión e incumpliría con mandato constitucional; en dicha acción el tercero interesado es el Ministerio Público, por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales.

Los denunciantes buscan que la comisión incluya a quienes hayan obtenido las mejores calificaciones y se ordene al presidente Alejandro Giammattei que realice el acto de elección si la nómina se ha integrado con los aspirantes mejor evaluados y de no ser así rechacé la misma.

Castillo es el expresidente del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang) y litigo junto a su colega Roberto López Villatoro, conocido como el Rey del Tenis, a quien el MP y la extinta Comisión Internacional Contra la Impunidad, lo señalaron de influir en la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el proceso de comisiones de postulación del 2014.

Dos caminos

A criterio de Edgar Ortiz de la Fundación Libertad y Desarrollo refiere que actualmente la postuladora tiene dos salidas, una de ellas podría ser que “alguno de los dos grupos cambie su voto” y la otra, es que la CC otorgue el amparo y les obligue a votar por los mayores puntos “allí ya se acabo la historia” dijo.

El profesional considera que la actual situación sólo refleja “la polarización llega a estos foros” y los diversos intereses que rodea el proceso de elección de candidatos a fiscal general y cada vez es más difícil para los comisionados ponerse de acuerdo.

“Es una decisión difícil para todos los decanos” debido a que la ley marca ciertos pasos, pero al mismo tiempo les da “libertad de elegir según su conciencia, no según la nota” esto por mandato constitucional, lo que es objeto de critica o de aplausos y los ataques “son impresionantemente feroces” acotó.

Atenta contra la institucionalidad

María del Carmen Peláez, de Diálogos, refiere que el estancamiento en el que se encuentra la comisión es algo sin precedentes y “atenta contra la institucionalidad del país” y la actitud de instar a votar por los mayores punteos y advertir que no se enviará una lista al Ejecutivo ” raya en la ilegalidad” subrayó.

Peláez agregó que pensar en el futuro de la comisión de Postulación es complicado derivado a se podría replicar una situación muy similar a la no elección de Corte Suprema de Justicia y Salas de Apelaciones por lo que es necesario que los comisionados “adopten otros mecanismos” que permita integrar la nómina de los 6 candidatos a dirigir el Ministerio Público.

La profesional mencionó que desde la academia también podría plantearse formas que permita lograr consensos y recordó que la postuladora está integrada por decanos de “alto rigor académico y científico” quienes podrían aportar estrategias.

No es competente

Según Ovidio Orellana, expresidente del Cang, refiere que la CC “no tiene competencia constitucional ni legal” para conocer un amparo contra la comisión y explica que, si bien la CC puede conocer en apelación lo relacionado a amparo provisional y a la sentencia, pero “no conocerlo en única instancia” dijo.

Orellana agregó que la postuladora tiene que evacuar la audiencia en el plazo que le fijaron, de lo contrario “corre el riesgo de que se otorgue el amparo provisional” dijo.

El abogado Oswaldo Samayoa, comparte el mismo criterio de que el máximo ente constitucional no es competente en la materia y la acción legal se presentó “como que el Presidente tuviera ya conocimiento y de él dependiera la integración. Mientras que al estar aún en manos de la Comisión este debió ser presentado ante Juez de Instancia” como lo establece el artículo 14 de la ley de Amparo.

Samayoa refiere que el artículo 23 de la ley de Comisiones de Postulación no establece “una obligación de incluir a los mayores punteos, si no, votar en el orden de punteo que quedaron”.

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