Guatemala

Gobierno revoca visa de Iván Velásquez, ¿qué ocurrirá ahora? Excancilleres explican

Iván Velásquez, jefe de la Cicig, dijo este martes que se ha efectuado un nuevo trámite de renovación de visa ante autoridades de Migración de Guatemala. 

Iván Velásquez, quien presentó este martes el informe anual de labores de la Cicig, indicó que el nuevo trámite para renovación de su visa ya fue efectuado. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

Iván Velásquez, quien presentó este martes el informe anual de labores de la Cicig, indicó que el nuevo trámite para renovación de su visa ya fue efectuado. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

La Subdirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores revocó la visa del jefe de la Cicig por un mal proceso en la solicitud de la renovación del documento, sin embargo, esto no significa que el comisionado debe abandonar el país.


El documento SUPEI-287-2017, firmado por Myrian Pinto, subdirectora de Privilegios e Inmunidades, señala que “la solicitud de visa no fue formulada por la persona competente”, lo que a criterio del excanciller Édgar Gutiérrez, significa que debe enmendar el trámite sin que signifique el abandono del país.

La carta, a la que tuvo acceso el diario La Hora, cita: “Le ruego informar esos extremos al interesado y dar las debidas consideraciones a lo aquí comunicado, en virtud de que las autoridades migratorias del país han sido notificadas de esta situación”. 

Velásquez, quien presentó este martes el informe de labores de la Cicig, dijo que ya se efectuó un nuevo trámite para la renovación del documento.

“Me había sido renovada por casi 11 meses, el 4 de octubre, y ayer recibí una comunicación, que había sido revocada porque no se había solicitado adecuadamente, o  porque no se habían utilizado los canales correspondientes, que son los mismos que se han utilizado anteriormente”.

“Hicimos nuevamente la solicitud el día de hoy y esperamos que no haya ninguna dificultad”, añadió Velásquez. 

Erróneo mensaje diplomático

Para el excanciller Eduardo Stein, la validación de la visa al ser mal solicitado se debería enmendar sin necesidad de que se revoque el documento. El actual de la Cancillería en este caso es “un mensaje hostil”.

Stein asegura que es una obligación del Estado de Guatemala darle todas las facilidades al Comisionado, porque eso está dentro del Convenio de la ONU para la creación de la Cicig

No hay ilegalidad

“La revocatoria de visa no implica la ilegalidad de la presencia del Comisionado, a no ser que su visa actual esté vencida, en ese caso tiene un tiempo perentorio para renovarla”, dice el excanciller Fernando Carrera.

Prensa Libre confirmó que la visa de Iván Velásquez vence el 19 de octubre, por tal razón Cicig había gestionado la renovación con antelación.

Para Carrera, el jefe de Cicig no debe abandonar el territorio nacional por la revocatoria de la visa, ya que tiene derecho a permanecer según un convenio de Privilegios e Inmunidades.  “Mientras tenga una visa vigente a nivel diplomático”, enfatizó.

Si tiene permiso vigente, la revocatoria solo es sobre la que se expidió el 2 de octubre, añadió.

Aparte, el vicepresidente Jafeth Cabrera indicó que no sabía sobre la revocatoria de visa para el comisionado de Cicig, Iván Velásquez y que: “Si Cancillería ya dijo que no hay una situación para que se le dé la visa me imagino que ellos tienen las razones”.

Establecido en Acuerdo

Según el Acuerdo entre la Organización de la Naciones Unidas y el Gobierno de Guatemala, relativo al establecimiento de la Cicig, el comisionado goza de algunos privilegios diplomáticos.

En el artículo 10 del acuerdo sobre Privilegios e inmunidades del Comisionado/a y del personal de la Cicig cita:

1. El Comisionado disfrutará de los privilegios e inmunidades, exenciones y facilidades
otorgados a los agentes diplomáticos de conformidad con la Convención de Viena sobre
Relaciones Diplomáticas de 1961. En particular, disfrutará:

  • Exención de disposiciones que restrinjan la inmigración y otros registros de extranjeros.
  • Inmunidad de jurisdicción penal, civil y administrativa de conformidad con la Convención de Viena.
  • Inviolabilidad de cualesquiera papeles y documentos.
  • Exención de disposiciones que restrinjan la inmigración y otros registros de extranjeros.
  • Las mismas inmunidades y facilidades respecto de su equipaje propio o personal que la Convención de Viena concede a los agentes diplomáticos.
  • Exención de impuestos en Guatemala sobre su salario, emolumentos y prestaciones.

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