Además, la FIDH cuestionó la “independencia e imparcialidad” de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, que ordenó a un tribunal de menor instancia que fundamente jurídicamente en cinco días por qué es aplicable o no la amnistía solicitada por el exdictador.
Esa corte apoyó la retroactividad de la amnistía general adoptada en el país en 1986, lo que abre la vía a la amnistía del general, de 87 años.
Sin embargo, y según la interpretación jurídica de la FIDH, la citada Ley de Amnistía fue revocada por el Congreso guatemalteco cuando aprobó la Ley de Reconciliación Nacional, que estableció que la amnistía no era aplicable a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada.
Ríos Montt, que se encuentra en la actualidad con arresto domiciliario a la espera de que se resuelva su situación legal, fue inicialmente condenado a 80 años de prisión por genocidio y crímenes de guerra, por la muerte de 1.771 de indígenas durante la época en que gobernó de facto el país, entre marzo de 1982 y agosto de 1983.
Pero su sentencia fue anulada posteriormente por errores en el proceso legal, que volvió a abrirse de nuevo, decisión muy criticada por organizaciones como la FIDH o Amnistía Internacional.