Indica que no podrán circular el 24 de diciembre después de las 12 hasta las 24 horas del 25. Además, el 31 de diciembre y el 1 de enero, en el mismo horario.
Se exceptúa el transporte de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos que no necesitan permiso especial.
Quienes infrinjan la disposición serán multados.