Liberal sin neo
Captura predecible
No solo da acceso al poder, da acceso a la capacidad de moldearlo.
La ingeniería de la ley cae fácilmente en el romanticismo, basándose en aspiraciones idealistas sin percatarse de sus potenciales consecuencias y las implicaciones del poder e incentivos que crea. El uso de herramientas de análisis económico aplicado a decisiones públicas, conocido como la escuela de opción pública, lo que Mancur Olson llamó “la lógica de la acción colectiva”, es un poderoso lente para examinar la relación entre reglas, incentivos y política. La situación que atraviesa la Universidad de San Carlos (Usac) es predecible, por las reglas que la rigen; los poderes, atribuciones, privilegios y recursos que le otorga la ley.
Habrá competencia intensa y potencialmente conflictiva por capturar la dirigencia.
La Constitución Política de la República de Guatemala reconoce a la Universidad de San Carlos como una institución autónoma con un conjunto inusual de prerrogativas para una universidad pública. Cuenta con plena autonomía institucional y gobierno propio; elige a sus autoridades sin intervención directa de otros órganos públicos y tiene capacidad normativa interna e independencia académica y administrativa.
Probablemente es preferible la autonomía a la alternativa de control directo del gobierno. Pero su fuerte autonomía no combina bien con otros factores. La Constitución le asigna 5% de los ingresos ordinarios del Estado; una renta constitucionalmente protegida, independiente de resultados o eficiencia en el uso de recursos. “Rinde cuentas” en el sentido que más o menos las muestra, pero no de forma que se vea obligada a evaluar su desempeño.
Como única universidad estatal, la Usac tiene una función exclusiva en la educación superior; es un monopolio público constitucional. Una dimensión singular es su papel en la arquitectura política. La Usac ejerce fuerte influencia sobre el sistema de justicia, comisiones de postulación, la Junta Monetaria, el IGSS y los colegios profesionales, y tiene incidencia indirecta en órganos de control mediante redes institucionales. El elemento distintivo es su capacidad de proyectarse hacia afuera; controlar la Usac no solo da acceso al poder, da acceso a la capacidad de moldearlo.
El rector es electo por un cuerpo electoral que incluye profesores, estudiantes y profesionales egresados colegiados; sistema que crea una estructura corporativa y políticamente densa. Actores externos como partidos, élites y grupos de interés tienen oportunidad y capacidad para influir en la elección del rector y decanos. Coaliciones políticas internas crean incentivos para clientelismo, movilización corporativa y alianzas entre facultades y colegios profesionales que producen una arena política, no académica.
La sociedad financia a la universidad, pero cuando surge la captura de la institución por parte de minorías organizadas, hay una desalineación entre el interés público y el control interno. Si se combinan los elementos de concentración de recursos garantizados, total autonomía y un sistema electoral corporativo, la predicción es clara; habrá competencia intensa y potencialmente conflictiva por capturar la dirigencia de la Usac. Esa competencia tenderá a politizar la universidad, desplazar objetivos académicos y atraer actores externos con agendas no académicas.
La Constitución no solo protege a la Usac; la eleva a la categoría de actor político. Nada de esto implica necesariamente un juicio normativo sobre la Usac; es una consecuencia lógica del diseño institucional. En clave de opción pública, revela un activo estratégico cuya captura rinde dividendos en múltiples arenas; la universidad se convierte en un espacio donde confluyen intereses que trascienden la educación superior.