Al grano
Comentarios sobre cómo se legitima al Poder Judicial
¿Cuáles son los elementos que en un sistema republicano, democrático y representativo legitiman al Poder Judicial?
Por las redes sociales ya circulan comentarios sobre la propuesta del grupo denominado “Poder Ciudadano”. Una iniciativa cívica fundada en una de las opciones contempladas por la Constitución para plantear y promover una reforma constitucional, en este caso, del sistema de justicia y control del Estado. Es muy extensa como para abarcarla en un artículo de prensa; sin embargo, he observado un intercambio de opiniones por dichas redes que me ha parecido digno de análisis en este espacio.
No todos los poderes de la república deben ser representativos ni tomar decisiones por mayoría.
Se trata de qué tipo de procedimiento de designación de los jueces y magistrados y qué estructura de gobierno y gestión del Poder Judicial pudiera considerarse legítima. Más específicamente, en el marco de un sistema de gobierno republicano, democrático y representativo, como dice nuestra Ley Fundamental, ¿cuál debiera ser la base de legitimación del Poder Judicial?
Recientemente la ciudadanía ha asistido a ciertos procesos de postulación que están en el núcleo del sistema de designación de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y otros tribunales colegiados (de apelaciones, de lo contencioso administrativo, etc.) Si uno se pregunta sobre la representatividad de estas comisiones, realmente, no la hay. Se integran por magistrados, decanos de las facultades de Derecho y por abogados electos por la asamblea general del Colegio de Abogados y Notarios. Nada de eso es representativo de la ciudadanía. La nómina que llega al Congreso de la República contiene dos candidatos por cada uno de los magistrados a elegir. Si hemos de ser objetivos, esto no traslada a manos de los representantes de los ciudadanos la decisión legitimadora de la designación de estos funcionarios judiciales.
Pero, la pregunta de fondo es si eso es un defecto o si contradice la idea de un sistema de gobierno republicano, democrático y representativo. Creo que no.
El ideal republicano consiste en que el poder público se divide para su ejercicio entre varios poderes del Estado, valga la redundancia. Ninguno está subordinado al otro, sino, por el contrario, se limitan entre sí. El ideal democrático se materializa en el ejercicio del sufragio, directo o indirecto, de los ciudadanos como fuente originaria de la soberanía estatal que, de ese modo, queda representada en alguno o algunos de los poderes del Estado. Esa representatividad típicamente se concreta en una asamblea, congreso o parlamento, a veces unicameral, a veces bicameral que, por ser depositario de la soberanía, tiene el poder de legislar.
Por consiguiente, el Poder Judicial no tiene por qué ser representativo ni decide democráticamente. Un juez, un tribunal colegiado, interpreta y aplica la ley al caso concreto del que conozca y, por eso, más bien es importante que no refleje preferencias ideológicas ni partidistas. Aquí se intentó aislar al Poder Judicial de la política partidista y de los grupos de interés por medio de las comisiones de postulación, pero no se consiguió, y por eso la propuesta plantea, alternativamente, la carrera judicial.
La otra cuestión es si los magistrados están para gestionar la carrera judicial, la administración financiera y el funcionamiento operativo del Poder Judicial. La respuesta parece obvia: no. Están para administrar justicia pronta y cumplida, siendo necesario, eso sí, que el curso profesional de acceso a la carrera, su ascenso por mérito y antigüedad, su adecuada remuneración y una pensión de retiro digna al culminarla se establezcan con claridad y se gestionen con transparencia y eficiencia. Y para eso se ha propuesto, como existe en otras jurisdicciones, un órgano especializado: el Consejo del Poder Judicial.