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El día que Guatemala derogó su peaje a la muerte

Pero ni Caronte se vería tan mal cobrando el peaje para cruzar hacia el Hades.

El 10 de febrero, el pleno del Congreso cerró un capítulo de 80 años de arbitrariedad fiscal. Con 93 votos a favor, los diputados aprobaron el decreto 6-2026. Esta norma deroga la Ley del Impuesto sobre Herencias, Legados y Donaciones, un fósil tributario de 1947. Al fin, los legisladores reconocieron que el Estado no posee un derecho de peaje sobre la tragedia del fallecimiento de un tributario. Esta decisión no constituye un “regalo” para nadie. Es, simplemente, la corrección de una injusticia sistemática contra el patrimonio que las familias construyen con esfuerzo y ahorro.

Al fin, los legisladores reconocieron que el Estado no posee un derecho de peaje sobre la tragedia del fallecimiento de un tributario.

Este impuesto era tan malo que lo peor no era lo que costaba —solo recaudaba como Q40 millones anuales—, sino los dolores de cabeza que les implicaba a casi todos los herederos de Guatemala, pero, especialmente, para los que menos recursos tenían, en particular, en las áreas rurales. Y eso es lo que se podía ver, porque lo que no, era la falta de acumulación de capital como consecuencia de una doble y hasta triple tributación. ¿Cuál era la necedad de castigar en el lecho de muerte a quien ya pagó el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante toda su vida productiva? Pero ni Caronte se vería tan mal cobrando el peaje para cruzar hacia el Hades.

De seguro quien se fumó este impuesto lo hizo después de leer, pero no entender, la frase que Benjamín Franklin inmortalizó en una de sus últimas cartas, que de seguro pocos han leído completa: “Nuestra nueva Constitución ya está establecida, todo parece indicar que será duradera; pero, en este mundo, nada es seguro, excepto la muerte y los impuestos”. Y entonces algún insensato lo leyó y pensó que debería haber impuestos a la muerte. (Digresión: 236 años después, parece que Franklin tenía razón sobre lo duradero de su Constitución. Y de lo otro también).

La derogatoria ataca el problema del “capital muerto”. Miles de propiedades permanecen en el limbo legal porque los herederos no pueden pagar el impuesto y las multas acumuladas. Estos activos no sirven como garantía hipotecaria ni dinamizan el crédito. El decreto 6-2026 funciona como una amnistía de formalización. Al facilitar que los títulos adquieran valor fungible, el Congreso democratiza el acceso a la propiedad legal para los más humildes.

La oposición de los diputados oficialistas revela una visión redistributiva que, para variar, ignora la realidad económica. Argumentan que la medida favorece a las “élites”, pero, quizá porque algunos de ellos antes de ser diputados no tenían, literalmente, “ni petate en que caer muertos”, ignoran que la verdadera víctima del decreto 431 era la clase media urbana y muchos campesinos rurales, cuyos activos ilíquidos —casas y terrenitos— quedaban atrapados en procesos interminables y, en algunos casos, impagables. Para su referencia, las “élites” tienen los recursos para defenderse de estos ataques a su propiedad; la clase media y los campesinos, no.

El presidente Bernardo Arévalo enfrenta ahora una decisión que puede definir su rumbo. Existe una ironía histórica: su papá, Juan José Arévalo, firmó la ley original en 1947. Sancionar esta derogatoria enviaría una señal de respeto a la propiedad privada que la mayoría de los guatemaltecos, y también los inversionistas, valoran. Vetarla, en cambio, como de seguro quisieran sus diputados, significaría abrazar un anacronismo que hasta los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) ya están desechando. El capital familiar no es un botín fiscal; es la infraestructura misma de la prosperidad nacional.

Esta “poda regulatoria” no debe detenerse aquí. Los diputados deben aplicar la misma lógica al Impuesto de Solidaridad (ISO), a los timbres fiscales que distorsionan la inversión y, por qué no, al IUSI. La libertad económica requiere un Estado que proteja derechos, no uno que administre obstáculos.

ESCRITO POR:

Jorge Jacobs

Empresario. Conductor de programas de opinión en Libertópolis. Analista del servicio Analyze. Fue director ejecutivo del Centro de Estudios Económico-Sociales (CEES).

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