Termómetro fiscal
Fin de Declaraguate y declaraciones propuestas por SAT
Se eliminará gradualmente el módulo Declaraguate; en su lugar será la agencia virtual.
En conferencia de prensa realizada el pasado 11 de marzo de este año, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) anunció la implementación de una nueva modalidad para la presentación de declaraciones. Con esta medida, queda claro que el proceso de transformación digital del ente fiscalizador no se detiene y continúa avanzando de manera sostenida hacia la digitalización integral de sus procesos y servicios para los contribuyentes.
En el 2026 la SAT estará elaborando propuestas de declaraciones para los contribuyentes.
Dentro de esta estrategia de modernización, la SAT informó que varios formularios de declaraciones estarán disponibles únicamente a través de la Agencia Virtual del contribuyente, lo que implica que el módulo Declaraguate dejará de existir en el corto plazo.
De acuerdo con la información oficial, para los contribuyentes especiales clasificados como grandes, medianos y regionales, la obligación de presentar sus declaraciones exclusivamente por medio de la Agencia Virtual entrará en vigor a partir del 2 de junio de 2026. Por su parte, los contribuyentes inscritos en el régimen general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán cumplir con esta modalidad a partir del 1 de septiembre de 2026.
A partir de las fechas indicadas los formularios de declaraciones que estarán disponibles únicamente mediante la Agencia Virtual son los siguientes: SAT-2237 del Impuesto al Valor Agregado Régimen General; SAT-1361 Trimestral del Impuesto Sobre la Renta (ISR); SAT-1608 del Impuesto de Solidaridad; SAT-1311 del ISR Opcional Mensual; y SAT-1411 Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta.
La centralización de las declaraciones dentro de la Agencia Virtual permitirá a la SAT disponer de información estructurada y accesible en tiempo casi real, lo que le facilitará los procesos de análisis de datos, cruces de información y verificación del cumplimiento tributario.
En ese contexto, es previsible que las fiscalizaciones se vuelvan cada vez más precisas, oportunas y apoyados en herramientas tecnológicas, reduciendo los márgenes de error o inconsistencias en la información declarada por los contribuyentes. La digitalización no solo simplifica ciertos procesos administrativos para el contribuyente, como la consulta de sus declaraciones dentro de los períodos no prescritos, sino que también fortalece las capacidades de control de la administración tributaria.
Adicionalmente, se informó que la SAT comenzará a generar prellenado de formularios para los contribuyentes. Para el año 2026 se tiene previsto emitir propuestas de declaraciones para el régimen del ISR de empleados, el IVA débito fiscal del régimen general, el ISR mensual opcional simplificado y el IVA del pequeño contribuyente. Para 2027 se ampliará la cobertura hacia el ISR trimestral, el Impuesto de Solidaridad y el IVA régimen general relacionado con los créditos fiscales. Posteriormente, en 2028 se incluirán los impuestos específicos y, finalmente, en 2029 se contempla la propuesta para el ISR anual en lo relativo a gastos.
Lo anterior significa que, en los próximos años, personas individuales, empresas, cooperativas y otras entidades contarán con borradores de sus declaraciones elaborados por la propia administración tributaria. Ante este nuevo escenario, resulta fundamental reforzar los controles internos, revisar procesos contables, tributarios y asegurar la adecuada integración de la información de las declaraciones.
Para minimizar riesgos, es necesario revisar la consistencia entre los registros contables, las facturas electrónicas y los formularios tributarios, entre otros; prácticas que cobran mayor relevancia dentro del ámbito de las propuestas de declaraciones que sugerirá la SAT.