AL GRANO

Proceso electoral, forma y fondo

En todo proceso electoral, como en todo proceso legal, es indispensable conducir todos los actos administrativos de acuerdo con la ley y demás disposiciones aplicables. De la legalidad de todo procedimiento administrativo, electoral o judicial, depende su eficacia. Igual si se trata de la concesión de una sencilla licencia de conducir que si se trata de elegir al presidente de la república, las normas jurídicas que rigen el procedimiento deben observarse.

' Es imperativo distinguir el posible acaecimiento de errores o defectos de forma en el proceso electoral, de su validez de fondo.

Eduardo Mayora

Ahora bien, en todo acto jurídico, incluyendo los actos del proceso electoral, hay forma y fondo. Así, por ejemplo, un acta que documente una reunión de los miembros de una asociación debe constar por escrito al igual que un memorial dirigido a una autoridad administrativa o judicial.

La forma en los actos jurídicos es importante, no solamente porque denota la seriedad y carácter de un documento, sino porque evita discusiones sobre la existencia de una declaración de voluntad privada o la decisión del titular de un órgano administrativo o judicial.

Pero una cosa es la forma y otra muy diferente el formalismo. El formalismo es un defecto, es una exacerbación de la forma que termina ahogando el fondo de un acto, de un procedimiento o de todo un proceso en aras de dar importancia a detalles insignificantes. El formalismo suele ser una deformación que esconde las verdaderas razones por las cuales se recurre a su empleo.

El proceso electoral en Guatemala tiene actualmente un carácter totalmente descentralizado y de participación cívica. Esos dos elementos tienen una importancia fundamental de cara a la transparencia y credibilidad de dicho proceso. Al nivel de las elecciones nacionales, la posibilidad de manipular con éxito el propio proceso electoral es muy limitada. Eso no quiere decir que sea imposible fraguar algún tipo de manipulación a otros niveles, pero en lo que concierne al ejercicio del sufragio y el conteo de los votos mesa por mesa, sería necesario que se confabularan literalmente miles de ciudadanos previamente desconocidos entre sí para alterar el resultado de una elección a nivel nacional.

Incluso a los niveles distrital y municipal, la posibilidad de alterar de manera significativa los resultados de una elección es reducida. Por supuesto, cuando la posición de dos candidatos es muy próxima y la diferencia que pudiera zanjar la elección del uno o el otro es muy pequeña, entonces unos cuántos votos pueden significar que la voluntad popular se vea defraudada. Pero lograr esto también es difícil porque en cada mesa los partidos políticos tienen derecho a tener fiscales, tienen la posibilidad de ejercer controles y supervisión sobre el conteo de los votos.

Por consiguiente, ante los acontecimientos que se han presentado, es sumamente importante que las autoridades competentes sepan con rectitud y claridad dar a la forma su lugar razonable, sin ahogar el fondo del proceso electoral bajo el peso de formalismos deformados y con el cuidado de no manchar procesos que involucran a millones de votantes y a miles de ciudadanos que voluntariamente prestan su concurso.

Tal y como he comentado en un artículo anterior, ciertas encuestas presentan una pérdida de credibilidad peligrosa de la ciudadanía en sus instituciones electorales y judiciales y sería verdaderamente lamentable que la credibilidad que todavía exista en el proceso electoral se vea dañada para dar cabida a impugnaciones que estuvieran fundamentadas en meros formalismos o que, aunque procedentes por razones válidas, no obstante fuesen incapaces de alterar los resultados que a un nivel preliminar se habían conocido ya por los ciudadanos.

ESCRITO POR:

Eduardo Mayora

Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona y por la UFM; LLM por la Georgetown University. Abogado. Ha sido profesor universitario en Guatemala y en el extranjero, y periodista de opinión.

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