EDITORIAL
Asedio a libre expresión prosigue, pese a reveses
Jose Rubén Zamora ya lleva más de tres años y medio en prisión preventiva, sin sentencia ni repetición del juicio anulado en 2023.
A tres meses del relevo de titular en el Ministerio Público (MP) y a pesar del estentóreo revés legal emitido por la Corte de Constitucionalidad (CC) el 27 de agosto de 2025, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) insiste en perseguir a ocho guatemaltecos —seis periodistas y dos columnistas— por ejercer la garantía de libre emisión del pensamiento. Sin embargo, en esta nueva intentona, el asunto denota encono y una total tergiversación del sentido primigenio del recurso de amparo, ya que es el propio MP el que pretende utilizar esta figura legal para tratar de criminalizar a ocho ciudadanos por sus críticas a un proceso emprendido por funcionarios en contra del periodista Jose Rubén Zamora, quien ya lleva más de tres años y medio en prisión preventiva, sin sentencia ni repetición del juicio anulado en 2023.
El artículo 8 de la ley de amparo dice que esta figura legal “protege a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos” y, aunque no hay ámbito exento de aplicación, queda claro que son preeminentes las garantías hacia la persona, pues si priorizaran a las entidades estatales, sería una contradicción ontológica que prácticamente negaría la causa misma de este derecho.
Este despropósito comenzó el 28 de febrero de 2023, cuando la fiscal de la Feci Cinthia Monterroso solicitó dar persecución penal contra los comunicadores por sus publicaciones acerca del caso Zamora, pese a que la Constitución Política de la República es clara al señalar que “no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos”. El juez Jimi Bremer avaló la pesquisa, pero ya la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la CC les han enmendado la plana, apuntando que este caso pertenece a un tribunal de imprenta.
El viernes 30 de enero pasado, la Cámara de Amparo y Antejuicio de la CSJ denegó en definitiva un amparo solicitado —en febrero de 2025— por el fiscal Rafael Curruchiche, que pretendía proseguir la persecución de los comunicadores bajo tipificaciones que ni siquiera vale la pena repetir. Esta resolución repite la emitida inicialmente por la jueza Aurora Gutiérrez, quien determinó que el caso no pertenece al ámbito penal. Además, la CSJ ordenó archivar el caso, dada su improcedencia.
Sin embargo, el MP confirmó haber presentado una apelación en la Corte de Constitucionalidad para insistir en un recurso que ya lleva suficientes reveses, incluida una resolución previa del máximo tribunal. Es una pena que en eso se enfoquen los recursos públicos y los apasionamientos de la Fiscalía, mientras que para imponer cargos contra ciertos pandilleros muestren, comparativamente, más escrúpulos. Eso, por no mencionar casos como la compra secreta de vacunas rusas, el fraude B410 o el desfalco del hospital de Chimaltenango, en el cual salió recientemente exculpado uno de sus principales señalados. No se oyó de vehemente amparo o apelación, a pesar de la notoria lesividad.
Por cierto, para este 3 de febrero, la Cámara de Amparo y Antejuicio de la CSJ tiene prevista una vista pública para escuchar a la defensa del periodista Zamora, que pedirá arresto domiciliario por el segundo expediente en el que está procesado y que lo ha mantenido por mil 280 días en prisión preventiva, sin que el caso avance. Tal audiencia no debería suspenderse por súbitas incomparecencias dilatorias, puesto que se trata precisamente de dar aplicación a un amparo. Y en el caso de la apelación de la Feci en la CC, esta debe despedir su magistratura en forma digna, no aviesa ni lesiva.