Editorial
La importancia del reglamento antilavado
Más allá de coincidencias calendáricas, lo primordial es iniciar una nueva era de monitoreo de transacciones, para detectar montos sospechosos.
La Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo cobró vigencia el 17 de septiembre último, y en el boletín de la Intendencia de Verificación Especial (IVE) de ese mes se encuentran algunos datos que dejan atisbar el potencial de la nueva norma en el combate de las mafias de la extorsión, el narco y la corrupción, a través del rastreo de reportes de transacciones sospechosas, nuevos productos financieros involucrados, así como el origen y destino geográfico de los fondos.
Al 30 de septiembre, las personas obligadas habían remitido 4,854 reportes de transacciones sospechosas (RTS). De los registros relacionados con productos financieros, el 43% corresponde a cuentas monetarias y el 36%, a cuentas de ahorro. En conjunto, representan el 79%, casi ocho de cada 10 registros. Las remesas aparecen con el 8.8%. Por supuesto, esos porcentajes no significan que todas esas detecciones estén vinculadas con delitos, ni que los fondos reportados tengan un origen ilícito: solo es una bandera amarilla que alerta sobre una actividad que precisa de análisis. Pero precisamente por eso, es clave que la IVE cuente con una herramienta completa para relacionar información y trasladar al Ministerio Público aquellos casos que tengan indicios de posibles delitos.
La nueva ley va más allá de las cuentas bancarias: el radar se amplía a otras actividades, incluyendo criptomonedas, compraventas voluminosas y apuestas. El dinero sigue siendo el talón de Aquiles de las estructuras criminales, pues invariablemente intentan darle apariencia de legalidad a los fondos malhabidos. Sin embargo, para la plena operatividad de la ley se necesita con urgencia la entrega del reglamento, a cargo de la Superintendencia de Bancos.
El anterior superintendente, Saulo de León, comenzó desde junio, pocos días después de la aprobación de la ley, la redacción del reglamento, y en una citación judicial, a inicios de septiembre, anticipó que podía s entregarse el 30 de ese mes. El impromptu de relevo en el Banguat que dejó fuera al ahora otra vez ministro de Finanzas, Jonathan Menkos, y con ello el relevo de titular de la SIB, ahora a cargo del doctor Juan Carlos Catalán, pudo incidir en la demora, posiblemente por una nueva revisión. Cada día sin reglamento es una jornada perdida en el combate de las operaciones dinerarias de redes delictivas. A propósito, tampoco se ha designado intendente de Verificación Especial.
La importancia de dicho cargo y del reglamento es estratégica. La nueva ley amplía facultades y establece implicaciones para las personas obligadas, pero debe haber reglas claras, plazos de cumplimiento y mecanismos operativos divulgados eficazmente, para mejor colaboración y aplicación. Aunque la norma estipula que a partir del 17 de septiembre hay seis meses para el reglamento, el riesgo de infiltración de dinero sucio en la próxima campaña electoral —y que seguramente ya está fluyendo en la precampaña— hace necesario urgir a todas las autoridades obligadas a avanzar con esta normativa.
El próximo 26 de octubre se conmemora el Día Internacional de la Prevención del Lavado de Dinero, lo cual lleva a hipotetizar si acaso el reglamento podría ser entregado en esa fecha. Más allá de coincidencias calendáricas, lo primordial es iniciar una nueva era de monitoreo de transacciones, para detectar montos sospechosos. Cabe recordar que, según la ley, la IVE solo pasará las alertas de indicios al Ministerio Público, para que se haga cargo de la pesquisa. Y eso también llevará tiempo.