EDITORIAL

Un paso en favor de la certeza jurídica

Quienes cuestionan el funcionamiento de la justicia en Guatemala recibieron la semana anterior una noticia que les devuelve la esperanza en el futuro. El viernes fue sentenciado a seis años de prisión inconmutable Bernardo Caal, exdirigente magisterial y activista social, luego de que el Ministerio Público demostrara su participación en la detención ilegal y robo agravado a trabajadores en Santa María Cahabón en el 2015.

El hecho es particularmente importante porque en torno a este hubo presiones contra los jueces y fiscales, la mayoría de ellas por oenegés locales y extranjeras que exigían la absolución porque según ellos era juzgado por su actividad como dirigente social.

El caso de Caal no es aislado. Muchos de los grupos cuyas acciones de protesta implican cometer delitos escudan atropellos contra terceros y la consecuente violación de la ley bajo el derecho de protesta. Atacan instalaciones privadas, toman por asalto e invaden fincas y fábricas, obstruyen el tráfico y protestan “pacíficamente” usando tablas con clavos, piedras y palos para imponer a la fuerza su voluntad.

La violación a la ley y el daño al derecho de terceros, sin excepción, deslegitima la protesta, no porque cambie su esencia por el delito cometido, sino porque es inaceptable buscar justicia cometiendo ilegalidades, a veces criminales, o a costa de otras injusticias.

La presión de grupos ha logrado que sindicalistas reclamen mejoras a sus condiciones laborales, y para ello paralizan un hospital o suspenden clases. Lo mismo ocurre cuando se busca obligar a un fallo en tribunales, como ocurrió con el caso Ríos Montt y otros similares. Y algo por el estilo estuvo cerca de ocurrir en caso de Bernardo Caal, pues unas horas antes de su sentencia un grupo de diputados europeos lo visitó para constatar las condiciones de detención en que se encuentra, con las consiguientes repercusiones en las redes sociales.

El hecho de que una delegación extranjera visitara a un detenido en las horas previas a su sentencia no podía pasar inadvertido. En estos tiempos en que la discusión sobre la soberanía está tan en boga, era obvio que se interpretaría esta acción como un acto de presión.

Afortunadamente para el país, el tribunal sentenció un delito debidamente demostrado, ajeno a las actividades de Caal en su activismo social. Había cometido un robo con condiciones de agravamiento, pues con el apoyo de seguidores retuvo violentamente a trabajadores y los despojó de sus pertenencias, equipo de trabajo y teléfonos celulares.

Protestar no es delito. Lo que sí lo es se resume en la metodología empleada por los manifestantes para hacerse escuchar, ya que toda vez se violenta el derecho ajeno para imponer criterios, irremisiblemente se viola la ley y esto obliga a un castigo.

Es indispensable entender este tema. Los hechos fueron irrebatibles y el tribunal procedió a castigar un delito, lo cual también devuelve la confianza en el sistema de justicia y en la parte probatoria que en esta ocasión llegó a buen término con los argumentos presentados por el Ministerio Público, que de paso ya anunció que apelará la sentencia, porque se había solicitado un castigo mayor.

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