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Respeto total a la propiedad intelectual
En el Cafta, estos derechos promoverían el desarrollo a través de la certeza jurídica, sin poner en peligro el bienestar social
El capítulo 15 del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (Cafta, por sus siglas en inglés) expone los compromisos adquiridos por todas las partes en materia de propiedad intelectual, especialmente para el caso de las marcas y patentes.
Anteriormente a la negociación del acuerdo, Guatemala y el resto de países centroamericanos ya contaba con una legislación que protegía estos derechos; sin embargo, el Cafta exigió la ratificación de otros acuerdos internacionales y la revisión de algunos plazos existentes para la vigencia de las patentes farmacéuticas y agroquímicas.
Dentro de este cambio, la región tendrá que reconocer las marcas sonoras y olfativas, siempre que sean susceptibles de comercialización.
También deberán reconocerse las indicaciones geográficas, o aquellos mecanismos que identifican a un producto como originario del territorio de alguno de los países del Cafta.
Esto quiere decir que los ponchos de Momostenango o los dulces típicos de Antigua serían reconocidos como marcas originarias de Guatemala y como tales, les proveería de exclusividad y protección ante la posibilidad de falsificaciones y para conseguir mejores cotizaciones en sus precios al consumidor final.
En materia de patentes farmacéuticas, Centroamérica concederá el plazo usual de protección de 20 años, pero también protegerá por cinco años adicionales los datos de prueba o estudios preliminares que den como resultado la existencia de una fórmula exclusiva.
Cabe resaltar que el Cafta contempla que en casos de emergencia médica nacional puede haber excepciones al plazo de protección de las patentes, pero no puede convertirse en una regla para acceder a medicamentos con precios más bajos.
Finalmente, todos los países se comprometen a destruir todo tipo de piratería y sancionar a aquellas personas o empresas que no se apeguen a las cláusulas locales e internaciones del respeto a la propiedad intelectual.
Glosario VIII parte
Para entender el capítulo 15 del Cafta, usted debe conocer:
Acuerdo ADPIC, es el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC.
OMPI, es la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Patente, es un documento en que oficialmente otorga un privilegio de invención, propiedad industrial y uso de lo que el documento acredita.
Protección, son todos los aspectos que afecten la disponibilidad, adquisición, alcance, mantenimiento y observancia de los derechos de propiedad intelectual.
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