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El MEM oficializa el uso de etanol en la gasolina regular a partir del 22 de agosto; la superior esperará dictámenes
La mezcla de etanol para la gasolina regular comenzará el 22 de agosto, según lo oficializó el Ministerio de Energía y Minas (MEM) con un acuerdo ministerial, pero para la gasolina superior aún no se tiene fecha y dependerá de dictámenes técnicos.
Mientras la gasolina regular tendrá mezcla con etanol a partir del 22 de agosto para los usuarios, para la superior aún no hay fecha de inicio. (Foto, Prensa Libre: Glenda Burrión).
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) oficializó, por medio de un acuerdo ministerial, que el 22 de agosto se inicia la mezcla de etanol con la gasolina regular, mientras que para la gasolina superior, primero deberán efectuarse dictámenes técnicos y, posteriormente, se definirá la fecha de inicio.
El Acuerdo Ministerial 333-2026/SG del Ministerio de Energía y Minas (MEM) tiene como objetivo implementar las disposiciones para incorporar alcohol carburante, o etanol, a las gasolinas en el mercado nacional, refiere el documento publicado en el diario oficial este miércoles 5 de agosto, el cual entró en vigor de inmediato.
Con este acuerdo se oficializa que la mezcla de etanol con la gasolina regular será a partir del 22 de agosto del 2026 para el expendio al usuario final, según lo anunció la semana pasada el ministro de Energía y Minas, Erwin Barrios.
Su aplicación será en las proporciones y especificaciones normadas para la distribución y comercialización en el territorio nacional, agrega el acuerdo.
Sin embargo, la incorporación del alcohol carburante a la gasolina superior, según establece el acuerdo, quedará sujeta a los dictámenes técnicos que elabore la dirección competente del MEM.
Dichos dictámenes deberán considerar la evaluación de aspectos técnicos y económicos "que puedan afectar a las partes que realizan actividades relacionadas con el manejo, transporte, comercialización y mezcla del alcohol carburante".
Luego de emitidos los dictámenes técnicos, se emitirá la disposición ministerial que fijará la fecha de inicio de la mezcla en la gasolina superior.
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También se establece que la dirección competente y la Dirección General de Hidrocarburos efectuarán las fiscalizaciones e inspecciones correspondientes para velar por la calidad, la trazabilidad y el cumplimiento de este acuerdo.
La implementación de la mezcla de etanol E10 para los usuarios ha tenido varios aplazamientos durante los últimos años.
Los más recientes establecían que se iniciaría el 30 de junio del 2026; sin embargo, el Gobierno dispuso que entre esa fecha y el 21 de agosto se efectuaría una fase técnica operativa con la cadena de suministro y distribución.
Con ello, la mezcla comenzaría el 21 de agosto tanto para la gasolina regular como para la superior.
Sin embargo, la semana pasada se decidió que el expendio a los consumidores comenzará el 22 de agosto, pero solo para la gasolina regular, sin una fecha prevista para la superior.
En esta ocasión el MEM ya no decidió reformar el reglamento general de la Ley de Alcohol Carburante contenido en el acuerdo 257-2025 y sus reformas 95-2026, sino que la nueva disposición la establece con este acuerdo ministerial. Agrega en el documento que es el ente coordinador institucional de las actividades de producción, almacenamiento, transporte, comercialización y uso del alcohol carburante y su mezcla con combustibles fósiles, velando por la seguridad de abastecimiento y la eficiencia en el mercado nacional, y que el reglamento mencionado dispone que “los casos no previstos serán resueltos por este ministerio de acuerdo con el espíritu de esta ley y con los principios de la Ley del Organismo Judicial”.



