Legislación
Portabilidad numérica en Guatemala: usuarios deberán esperar seis meses para cambiar de compañía y mantener su número
El reglamento de la Ley de Portabilidad Numérica será trasladado a la Secretaría General de la Presidencia, mientras las autoridades calculan que, después de su entrada en vigor, serán necesarios alrededor de seis meses para que los usuarios puedan cambiar de operador sin perder su número telefónico.
Portabilidad numérica entra en una etapa clave, dado que el reglamento avanza y comienza la cuenta para implementarla. (Foto Prensa Libre: Shutterstock).
El reglamento que permitirá implementar la portabilidad numérica en Guatemala está por superar una de sus últimas etapas administrativas antes de su aprobación; sin embargo, la posibilidad de cambiar de compañía telefónica conservando el mismo número todavía podría tardar alrededor de seis meses después de que la norma entre en vigor.
José Raúl Solares, viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), informó durante una citación en el Congreso que el expediente que contiene el reglamento de la Ley de Portabilidad Numérica en Servicios de Telefonía, Decreto 14-2025, será trasladado esta semana a la Secretaría General de la Presidencia.
El avance representa un cambio respecto de lo informado en julio pasado. En ese momento, el CIV había recibido el dictamen de la Procuraduría General de la Nación (PGN) y analizaba sus recomendaciones antes de efectuar los ajustes correspondientes y continuar con el proceso de aprobación.
Herbert Rubio Morales, superintendente de Telecomunicaciones, explicó que la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT) remitió el reglamento al CIV a finales de julio y que posteriormente pasó por diferentes revisiones en esa cartera.
Según Rubio Morales, la información trasladada a la SIT les indica que el documento ya se encuentra listo para continuar hacia la Secretaría General de la Presidencia.
¿Por qué habrá que esperar seis meses?
La aprobación y entrada en vigor del reglamento no significará que los usuarios puedan cambiar inmediatamente de compañía conservando su número.
Rubio Morales explicó que, después de la entrada en vigor, comenzará una serie de procedimientos administrativos y técnicos que deberán cumplir tanto la SIT como los operadores de telefonía.
El primero será integrar el Comité de Portabilidad, conformado por representantes de las empresas operadoras y de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Según lo expuesto por el funcionario, ese comité deberá quedar conformado aproximadamente una semana después de que entre en vigor el reglamento.
Posteriormente, deberá contratarse a un administrador de la base de datos centralizada, el cual será pagado por los operadores de telefonía.
La contratación podría tomar alrededor de dos meses y, después, se calculan aproximadamente cuatro meses adicionales para que el sistema quede listo para operar.
Durante ese período, tanto las compañías telefónicas como el administrador de la base de datos deberán efectuar las adecuaciones necesarias en sus sistemas y equipos.
Rubio Morales aseguró que los operadores se encuentran preparados “en una gran medida”, aunque todavía deberán efectuar modificaciones, principalmente en sus bases de datos.
Febrero del 2027 aparece como fecha de referencia
El plazo planteado por las autoridades fue cuestionado durante la citación en el Congreso.
El diputado Julio Héctor Estrada, quien participó en la reunión convocada por la bancada Cabal, consideró que seis meses es un período prolongado para implementar el sistema, aunque valoró que el proceso continúe avanzando.
De cumplirse los tiempos descritos por las autoridades, Estrada calcula que en febrero del 2027 la portabilidad numérica podría estar disponible para los usuarios guatemaltecos.
La fecha, sin embargo, depende de que el reglamento concluya su proceso de aprobación y posteriormente se cumplan las diferentes etapas técnicas.
Rubio Morales afirmó que las empresas deberán estar preparadas al concluir el plazo establecido. Al ser consultado sobre las consecuencias si alguna compañía no estuviera lista, señaló que debería existir algún tipo de sanción, aunque no precisó cuál sería ni cómo se aplicaría.
¿Qué cambiará para los usuarios?
La Ley de Portabilidad Numérica fue publicada el 28 de noviembre del 2025 y estableció el marco para que los usuarios puedan conservar su número telefónico cuando decidan cambiar de operador. La ley también dispuso que la SIT debía emitir el reglamento correspondiente.
La portabilidad permitirá que el número deje de estar condicionado a la permanencia con una misma compañía.
Entre los beneficios contemplados están que los usuarios puedan escoger al proveedor que les ofrezca mejores condiciones, cambiarse mediante un procedimiento sin costos adicionales y conservar su número telefónico. La ley también busca fomentar una mayor competencia entre operadores y proteger la confidencialidad de los datos personales durante el proceso.
La SIT tendrá una función de supervisión. Rubio Morales había explicado que la implementación estará a cargo de las compañías telefónicas, mientras que la Superintendencia verificará el cumplimiento de la norma y participará en el Comité de Portabilidad.



