Economía

El calendario económico del 2019: Fechas claves para pago de impuestos, asuetos y otros

Al comenzar el año personas y empresas preparan su calendario para no perder de vista las fechas de pagos que se deben realizar actividades y nuevas disposiciones que entrarán en vigencia durante el año.

Una de las recomendaciones de contadores y auditores es preparar un plan anual o calendario para evitar posibles multas o sanciones. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Una de las recomendaciones de contadores y auditores es preparar un plan anual o calendario para evitar posibles multas o sanciones. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Juan Carlos Paredes, auditor de la firma explica que una de las recomendaciones, tanto para contadores, auditores, empresarios, emprendedores y personas individuales es preparar un plan anual o calendario anual que contengan diferentes tipos de obligaciones y pagos y de esta forma evitar posibles multas o sanciones.

“Elaboren un calendario de las obligaciones que tengan que reportar ante distintas instituciones del Estado, o pagos que deben efectuar, de manera que no incurran en sanciones o multas. Recuerde que cada incumplimiento tiene multas, algunas de las sanciones más drásticas son del IVA con multas que son del 50% sobre el total del impuesto si no se pagan en las fechas correspondientes”, agregó el experto.

Recuerde que, debido a los asuetos de fin de año y asuetos autorizados en la SAT, el cierre de los impuestos que vencían el 31 de diciembre del 2018, se trasladó para este 2 de enero.

Planilla del IVA para asalariados

El 15 de enero vence el plazo para que los trabajadores por dependencia pueden presentar en la SAT su planilla del impuesto al valor agregado (IVA).

Esta planilla es la que se podrá acreditar, en forma de gasto deducible, a cuenta del impuesto sobre la renta (ISR) por el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2018. La presentación la puede hacer en el portal de la SAT con el formulario de Asiste Web 1111.

El trabajador debe presentar al patrono la copia de la planilla con el sello de recibido o constancia de recibido de la SAT, para tener derecho a que el patrono la incluya en el cálculo de cierre del ISR correspondiente al 2018.

Planilla del IGSS

Si es patrono, recuerde que el 20 de cada mes vence el plazo para la presentación y pago de la planilla mensual de trabajadores al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), correspondiente al mes anterior.

Boleto de Ornato

En enero de cada año se debe pagar el Boleto de Ornato en las municipalidades. Algunos patronos hacen el descuento correspondiente en la planilla de trabajadores y entregan el comprobante. En otras ocasiones el trabajador debe acudir a hacer el pago, algunas municipalidades como la capitalina indican que ya se puede hacer el pago en forma electrónica.

El monto a pagar se define por rangos según el salario mensual del contribuyente según el decreto 121-96. La multa es del 100% sobre ese valor.

Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento

El 29 de enero entrará en vigencia la Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, Decreto 20-2018 del Congreso. Esta ley fue publicada en el Diario de Centro América el 29 de octubre del 2018.

La ley contiene seis capítulos y 39 artículos, que disposiciones como la creación de la unidad de fortalecimiento al emprendimiento, de centros de formación para el emprendimiento, programas de educación y sensibilización y reformas al Código de Comercio, y acciones para abrir acceso a créditos para emprendedores.

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Entre otras ventajas que trae para los emprendedores es que crea una nueva figura como sociedad mercantil que se denomina la Sociedad de Emprendimiento que se le conocerá como la S.E.

Esta será la primera sociedad unipersonal en el país con la cual se busca brindar facilidad de constitución y administración. El Registro Mercantil deberá crear un procedimiento especial para la creación y modificación. Según el Ministerio de Economía (Mineco) ese trámite podrá costar Q1 mil.

Autoridades del Mineco explicaron que el tema de acceso a créditos y otros la ley podrá ser operativa en marzo ya que se deben trabajar preparar las acciones y programas.

Vencimiento de impuestos

Durante enero se tienen vencimiento de varios impuestos y otras obligaciones, muchos de los cuales corresponden a operaciones efectuadas durante diciembre del 2018.

El 31 de enero vencen los siguientes:

  • Impuesto de solidaridad (ISO) correspondiente al trimestre del 1 de Octubre al 31 de Diciembre del 2018.
  • Declaración y pago mensual del impuesto a la distribución de señal por cable correspondiente a diciembre de 2018
  • IVA para contribuyentes que realizan operaciones locales y de exportación, sobre ventas efectuadas durante diciembre de 2018.
  • IVA del pequeño contribuyente cuota fija del 5%, por venta de bienes o prestación de servicios correspondiente al mes de diciembre de 2018.
  • Informe semestral de Saldos de Inventarios.
  • IVA, por retenciones en facturas especiales (12% sobre el monto de facturas especiales emitidas durante diciembre de 2018).

Tome en cuenta que la SAT tiene un calendario tributario para todo el año, y varios impuestos, declaraciones o pagos no vencen a fin de mes sino que cada uno tiene su temporalidad.

Tarifas de energía eléctrica

El 1 de febrero empezarán a regir las nuevas tarifas de energía para las distribuidoras de Energuate (Deocsa y Deorsa) y Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. (Eegsa) para el trimestre del 1 de febrero al 30 de junio del 2019.

El ajuste a las tarifas se hace cada tres meses, por lo que también cambiarán el 1 de mayo, 1 de julio y 1 de noviembre.

Vea cuál fue el último cambio: Nuevo aumento en las tarifas de energía a partir de este 1 de noviembre

Además el  1 de febrero deberá cobrar vigencia el nuevo Valor Agregado de Distribución (VAD) de Deocsa y Deorsa, que tiene pendiente de aprobar la Comisión de Energía Eléctrica (CNEE).

El VAD es el cobro máximo que las empresas pueden cobrar a los usuarios por sus servicios de distribución de energía o uso de su red. El monto se fija para un plazo de cinco años y el cobro se hace mensualmente en la factura de cada usuario.

Planilla de trabajadores de maquilas y zonas francas

Las personas individuales o jurídicas, propietarias de entidades o empresas, socios o accionistas clasificadas en los regímenes de maquilas y zonas francas contenidas en los decretos 29-89 y 65-89 (reformados por el Decreto 19-2016, Ley de Emergencia para la Conservación del Empleo), deben presentar al Ministerio de Trabajo su nómina de trabajadores correspondiente al 2018, en los primeros dos meses del año. El plazo vence el 28 de febrero del 2019.

Vea el instructivo para la presentación de la nómina de ttrabajadores.

Cierre fiscal del ISR

El 31 de marzo vence el plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta (ISR).

Se trata de la declaración jurada anual del régimen opcional simplificado sobre ingresos y régimen sobre utilidades de actividades lucrativas correspondiente al período fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre del 2018.

También se vence el plazo para presentar la declaración jurada y pago anual, sobre rentas de trabajo (trabajadores por dependencia), también correspondiente al período del 2018. Como este impuesto lo descuenta el patrono cada mes, en esta fecha se cumple el plazo para presentar la conciliación anual.

Impuesto sobre circulación de vehículos

El 31 de julio vence el impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) sin pago de multa.

Puede consultar aquí las tablas de valores de los vehículos para poder aplicar el impuesto en el 2019.

A partir de 1 de agosto el pago tendrá multa del 100%, aunque puede optar a una rebaja de esta.

Tarjeta de circulación estará vigente hasta el 31 de julio

Tarjeta de circulación estará vigente hasta el 31 de julio 2019. El propietario deberá imprimir la nueva tarjeta de circulación.

Para ello deberá estar al día en el pago de sus impuestos de vehículos. Para generar los distintivos electrónicos los requisitos son:

  • Tener usuario y contraseña en Agencia Virtual. Al entrar a esta herramienta electrónica le aparecerán las diferentes opciones de distintivos.
  • Estar registrado como propietario del vehículo.
  • Pagar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos.
  • En caso de poseer vehículos con placas de trabajo debe estar afiliado al IVA e ISR y estar al día en la presentación de declaraciones.
  • Son placas de trabajo: A, alquiler; TRC, Tractor; DIS, Distribuidor; U, Urbano; C, Comercial; TC, Transporte de Carga.

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Se corren 3 asuetos

Los patronos deben tomar en cuenta la nueva modalidad de corrimiento de los asuetos durante el año.

Según la Ley que Promueve el Turismo Interno, decreto 19-2018, aprobada el año pasado en el Congreso, se deben correr hacia los días viernes o lunes tres asuetos en el año:

  • El Día del Trabajo: 1 de mayo, será miércoles y se deberá correr para el lunes 29 de abril.
  • El Día del Ejército: 30 de junio, será este año domingo y se deberá correr para el lunes 1 de julio.
  • El Día de la Revolución: 20 de octubre, también será este año en domingo y se deberá correr para el lunes 21.

El resto de asuetos se continúa gozando la fecha específica cada año como: Semana Santa (del Jueves 18 a Sábado Santo 20 de abril), Día de la Asunción (15 de agosto), Día de la Independencia (15 de septiembre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Navidad (25 de diciembre).

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Recuerde que el sistema bancario tiene otros asuetos como el 1 de julio (día del empleado bancario), 12 de octubre (Día de la Hispanidad) y que también entes estatales y el Estado decide asuetos por actividades especiales.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.

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