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Derogatoria del ISO representaría que se les libere capital de trabajo a las empresas

La posible derogatoria del ISO tiene varias aristas, desde el lado del fisco significaría una reducción en los ingresos tributarios por varios años, según lo expuesto por las autoridades, sin embargo, para las empresas representaría una liberación de capital de trabajo que les ayudará a reinvertir y crecer, explican directivos de sectores y expertos tributarios y legales.

impuestos ISO persona haciendo cuentas gráficas estadísticas

Han surgido dos posturas respecto al futuro del ISO y su derogatoria o continuidad. (Foto, Prensa Libre: Freepik).

El impuesto de solidaridad (ISO) es un pago anticipado durante el año sobre ganancias anuales de las empresas, comentan, por lo que consideran que es necesaria su derogatoria al explicar diversos efectos.

En el Congreso hay dos iniciativas de ley para derogar el ISO, una de las cuales, la 5777 presentada en el 2020, ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Economía y pasó su primer debate durante septiembre. La otra, 6348, presentada en febrero del 2024, aún no ha recibido dictamen en la Comisión de Finanzas.

Tanto la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) como la Cámara del Agro (Camagro) y otros consultores legales consideran que el ISO es un impuesto confiscatorio.

Raúl Bouscayrol, presidente CIG expone que la iniciativa de ley para eliminar ese tributo es buena porque resolverá el trato discriminatorio hacia el contribuyente, en especial a los que se les aplica y no tienen utilidades, deben pagarlo por anticipado, pero ya no lo pueden acreditar posteriormente, por lo que lo considera un impuesto confiscatorio.

Opina, además, que es importante la discusión del tema para sensibilizar a los legisladores y a los tomadores de decisión, sobre los efectos negativos del ISO para las empresas que tienen que dar un anticipo al gobierno, ya que se convierte en “préstamo obligatorio” con el pago de manera anticipada.

“Dar ese anticipo, tiene un costo alto para las empresas, dado que afectan directamente la disponibilidad de caja. Incluso, las puede obligar a prestar al sistema financiero y pagar intereses sobre el préstamo”, añadió el directivo de CIG.

De eliminarse se mejorarán los flujos de caja para las empresas, se liberarán recursos para la reinversión, lo cual tendría un efecto positivo en la productividad, en el crecimiento económico y por supuesto, en la generación de nuevos empleos para los guatemaltecos, expone Bouscayrol.

En tanto la directora ejecutiva de la Cámara del Agro (Camagro) Carla Caballeros, dijo que están de acuerdo con la derogatoria.

Este impuesto “constituye una doble tributación al contribuyente, que además de inconstitucional, castiga los ingresos de las empresas y con esto se impacta el flujo de caja, las posibilidades de inversión y los ingresos”, señaló la ejecutiva.

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Explica que el ISO ha cambiado de nombre tres veces y que fue creado como un impuesto temporal que se convirtió en una carga ilegal y permanente, por lo que consideran positivo que la derogatoria avance en su proceso legislativo.

Rebaja escalonada

Por aparte consultado Jorge Ayala, presidente de la Comisión de Economía, sala que emitió dictamen favorable para la iniciativa 5777 para derogar el ISO, explica que para las empresas se trata de un impuesto que afecta en forma directa su liquidez, limita su capacidad de crecimiento y operación, ya que recae sobre ingresos brutos.

“Sin considerar si la empresa tiene rentas o ganancias, por lo que siempre se ha cuestionado que este impuesto no toma en cuenta la capacidad de pago de las empresas o contribuyentes, contrario a lo que dispone la Constitución Política de la República”, resaltó el diputado.

El parlamentario mencionó que en la exposición de motivos de la iniciativa (5777), los ponentes indicaron que el ISO es un impuesto que afecta a la inversión y que tomando en cuenta la elasticidad del ingreso, al darse un crecimiento económico, incrementan los ingresos fiscales, por lo que eliminar el impuesto mencionado no debiera incidir negativamente en los ingresos fiscales.

También se refiere que las pequeñas y medianas empresas y los nuevos emprendimientos, son los que se ven más impactados por ese impuesto porque muchas de ellas no pueden acreditar la totalidad de los pagos a futuros pagos del ISR, y se convierte en un impuesto adicional.

Ayala dijo que se decidió una rebaja escalonada por año hasta llegar a una derogatoria lo cual no afecta la liquidez en la recaudación.

Otras opiniones

José Carlos Ortega, analista político y director del Instituto de Servicios a la Nación, respondió que el ISO nació como un impuesto temporal que cambió de nombre del anterior tributo. Sin embargo, refirió, desde su inicio tuvo cuestionamientos constitucionales que nunca se resolvieron.

Representa un desincentivo para las pequeñas y nuevas empresas y disminuye el capital de trabajo lo cual es contraproducente para el crecimiento empresarial y para la contratación de nuevo personal, agrega Ortega.

Por aparte el asesor fiscal Jeovany Villanueva, de la firma Vesco Consultores, explicó en un post de You Tube, basándose en la iniciativa 6348 que también busca derogar el ISO, que de concretarse la propuesta podría tener un impacto significativo en la forma en que las empresas del régimen sobre utilidades pagan sus impuestos.

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Cita que según las estadísticas los ingresos tributarios por ISO en los recientes siete años, han sido de Q34 mil millones que equivale a un promedio de Q4 mil 900 millones anuales, cifras que brindan un panorama de la importancia recaudatoria y lo que las empresas pagan con anticipo tengan o no utilidades.

¿Qué grava el ISO?

La base imponible del ISO, según el artículo 7 de la ley respectiva, es la que sea mayor entre:

  • La cuarta parte del activo neto
  • la cuarta parte de los ingresos brutos, explica Villanueva.
  • Para los contribuyentes cuyo activo neto sea más de cuatro veces sus ingresos brutos se aplica la base imponible de la segunda opción mencionada.
  • La tasa impositiva es de 1% según el artículo 8.

Para acreditar ese tributo los contribuyentes tienen la opción para el pago, según el artículo 11, añade:

  • Acreditar el monto del ISO pagado durante los cuatro trimestres del año calendario al pago del ISR hasta su agotamiento durante los tres años siguientes.
  • acreditar los pagos trimestrales del ISR al pago del ISO, en el mismo año calendario.

El asesor fiscal coincide con que la eliminación del ISO simplificaría el cumplimiento tributario, y este aspecto permitiría liberar recursos y reducir la complejidad tributaria para las empresas, y potencialmente fomentando la inversión y el crecimiento económico.

Además, se tendrá que facultar a la SAT para que emita las disposiciones para que se permita y facilite a los contribuyentes las acreditaciones y deducciones pendientes de declarar conforme el período fiscal que corresponde según lo mencionado, añadió en su post Villanueva.

Vulnera capacidad de pago

Óscar Chile Monroy, consultor tributario y financiero, opina que el ISO en Guatemala ha tenido un impacto significativo en las finanzas de las empresas, porque al imponer una tasa del 1% que se calcula por los ingresos brutos o activos —lo que resulte mayor—, vulnera la capacidad de pago de los contribuyentes.

Esto se agrava con la disposición de la ley que limita a tres años el acreditamiento del tributo al impuesto sobre la renta y al quedar un remanente se considera un gasto; por lo tanto, el ISO se constituye en un impuesto definitivo y para muchas empresas representa una carga adicional para tener liquidez.

Derogación del ISO fomentaría crecimiento

Ramón Parellada Cuadrado, director del Centro de Estudios Económico-Sociales (CEES), también está a favor de que se elimine el ISO porque descapitaliza a las empresas. “Si queremos que las empresas empiecen a tener una mayor tasa de utilidades y de crecimiento necesitamos que no se les quite el capital porque así se podrá reinvertir en más maquinas, herramientas, nuevas líneas (de producción) y eso permite que haya mayor crecimiento de las empresas y mayor crecimiento económico”.

Es importante porque en el país no podemos conformarnos con un crecimiento de 3% o 3.5% en términos reales del producto interno bruto cuando somos un país tan pobre que necesitamos crecer al 10% anual. Con eso se disminuiría la migración a Estados Unidos y las oportunidades se multiplicarían.

Contexto

  • Las iniciativas 5777 y 6348, presentadas en 2020 y 2024, proponen la derogatoria inmediata del ISO.
  • La Comisión de Economía emitió dictamen a la primera propuesta, pero para una derogatoria escalonada con rebaja de tasa por tres años y que quede eliminado en enero del 2028.
  • El Ministerio de Finanzas y la SAT se pronunciaron en contra al argumentar que se dejará de recibir alrededor de Q12 mil millones en ingresos tributarios entre 2025 al 2030 y afectará también la productividad en la recaudación del ISR.
  • El Icefi, pidió al Congreso más análisis del tema advirtiendo que su derogatoria también debilitará más el ISR.
  • Los tres entes han indicado en recientes ocasiones que si se deroga el ISO se tendrá que subir la tasa del ISR.
  • Sectores empresariales y analistas exponen que el ISO les resta capacidad de pago a las empresas y su derogatoria les permitiría liberar capital de trabajo.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.