Con la publicación de este acuerdo, los beneficiarios de esta ayuda podrán contar con ella a partir del sábado 1 de octubre, pues los distribuidores tendrán que ofrecer los cilindros de gas propano a precios más bajos de los que han regido en las últimas semanas.
Este nuevo subsidio tendrá una duración de dos meses y cubrirá entre Q8 y Q28, según la capacidad de los cilindros de gas.
El nuevo aporte se dará luego que el Legislativo reformara la “Ley de apoyo social temporal a los consumidores de gas propano” y que en su artículo 2 señala que “se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Energía y Minas, otorgue un apoyo social temporal a los consumidores de Gas Propano (Gas Licuado de Petróleo -GLP-), envasado en cilindros de diez (10), veinte (20), veinticinco (25) y treinta y cinco (35) libras.
El aporte a los consumidores de gas propano de Q0.80 por libra y se aplicará particularmente en los cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras.
Según los precios de referencia del MEM, vigentes del 26 al 30 de septiembre de 2022, sin el apoyo social temporal, son los siguientes:
- Cilindro de 10 libras, Q57
- Cilindro de 20 libras, Q114
- Cilindro de 25 libras, Q142
- Cilindro de 35 libras, Q199
- Cilindro de 100 libras, Q568
Con el apoyo social, que da el Gobierno, a partir del 1 de octubre los precios bajarían de la siguiente forma.
- Cilindro de 10 libras, tiene Q8 de subsidio y costaría Q49
- Cilindro de 20 libras, tiene Q16 de subsidio y costaría Q98
- Cilindro de 25 libras, tiene Q20 de subsidio y costaría Q122
- Cilindro de 35 libras, tiene Q28 de subsidio y costaría Q171
- *Cilindro de 100 libras, seguirá costando Q568, porque no tiene subsidio
Verificación y sanciones
El reglamento también establece que la el MEM, a través de la DGH, el Ministerio de Economía, por medio de la Diaco, y la SAT verificarán el traslado del beneficio a los consumidores.
El MEM, por medio de la Dirección General de Hidrocarburos, elaborará un programa de fiscalización y control a los envasadores de gas y expendios que comercializan los cilindros de propano, ya sean programadas o por denuncias de incumplimiento de lo regulado en la ley.
Para imponer las sanciones establecidas en la ley, la Diaco tomará en consideración el informe que elabore en las visitas de control, las fechas de facturas de compra y venta de cilindros de gas.
Para corroborar la información contenida en las facturas que emitan los envasadores de gas, el Registro Nacional de las Personas deberá proporcionar a la SAT la siguiente información.
- Nombre completo del titular del Documento Personal de Identificación
- Estado Civil
- Fecha de nacimiento o defunción (si fuera el caso)
- Departamento y municipio de nacimiento
- Sexo
- Nacionalidad
Los expendios que tengan cilindros al inicio de la vigencia del reglamento, deberá ampararlos con la factura de compra extendida por la envasadora, para determinar cuáles fueron comprados antes y cuántos después del 1 de abril y que ya deberían aplicar el subsidio.
Añade que los cilindros comprados antes de finalizar la ley de apoyo temporal y no fueron vendidos dentro de la vigencia del subsidio, deberán aplicar a los cilindros el beneficio de apoyo social temporal.