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Conap emite nueva resolución para proteger recursos de Reserva de la Biosfera Maya

Consejo del Conap retoma segunda actualización del Plan Maestro de la Reserva de Biosfera Maya y deroga resolución de administración anterior.

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Con 2.2 millones de hectáreas, la Reserva de Biosfera Maya es el área protegida más grande de Mesoamérica. Fotografía Prensa Libre: Acofop

El Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap) publicó este lunes 6 de mayo en el Diario de Centro América la resolución SE 86-2024 con la que deroga la resolución 04/2024 del 9 de enero recién pasado relacionado con el contenido íntegro del instrumento técnico denominado “Actualización del Plan Maestro de la Reserva de Biosfera Maya (RBM)”, tercera actualización.

La resolución derogada había sido emitida por el entonces secretario ejecutivo del Conap, Carlos Virgilio Martínez López.  El objetivo de la nueva resolución en la protección de la RBM, en Petén.

En consecuencia, el Conap instruye suspender la aplicación del referido instrumento técnico en el área protegida en mención, se refiere al aprobado por el exsecretario.

También ordena retirar de su sitio web oficial el instrumento técnico ya mencionado.  

Según el Conap, para el óptimo manejo y administración de la RBM se aprueba el instrumento técnico "Plan Maestro de la Reserva de Biosfera Maya, Segunda Actualización" contenido en cuatro tomos, con registro en esa institución.

Esta segunda actualización, según el Conap, es de observancia general y de obligatorio cumplimiento, y complementará las disposiciones establecidas en la Ley de Áreas Protegidas y su Reglamento y demás legislación vigente, así como de todas aquellas disposiciones que emita esta institución en ejercicio de sus funciones. Esta nueva resolución entró en vigor este 6 de mayo.

Se le consultó a la institución e Igor de la Roca, actual secretario, amplió detalles. Indicó que solicitaron conocer la tercera actualización del plan maestro, indicando que este fue aprobado por el anterior secretario ejecutivo sin que previamente este documento fuera conocido por el Consejo. 

El documento fue aprobado en resolución del 9 de enero del 2024, cinco días antes de que se diera el cambio de gobierno.

El nuevo secretario organizó la presentación del Plan Maestro en su tercera actualización, por lo que los integrantes del Consejo “se alarmaron debido a que en esta actualización se hicieron cambios en la regulación de las actividades que se pueden realizar dentro de la (RBM), considerando que algunas de estas actividades son incompatibles con los objetivos de la RBM y pueden poner el riesgo la integridad y conservación de la naturaleza, su alta biodiversidad y otros valores de la RBM”.

Con base a lo anterior el Consejo instruyó al actual secretario ejecutivo para que dejara sin efecto y suspender el Plan Maestro en su tercera actualización recién aprobada, esto para su revisión técnica y jurídica más profunda por un equipo de expertos internos de la institución y externos reconocidos para establecer los potenciales efectos de su implementación.  

Acciones conservación

El secretario añadió que un área protegida necesita tener vigente un Plan Maestro que establezca las reglas para la adecuada administración de esta. Dijo que al momento de dejar sin efecto la tercera actualización del Plan Maestro de la RBM, es necesario contar con un instrumento vigente que establezca las reglas para la administración del área protegida, por lo que se retomó la anterior actualización del plan maestro (segunda actualización) cuyas acciones y estrategias aún son válidas y compatibles para asegurar los objetivos de conservación.

Explicó que básicamente el utilizar el anterior plan maestro (segunda actualización), se hace con la intensión para salvaguardar el área protegida, retomando las actividades compatibles con los objetivos de la RBM y dar la oportunidad de revisar detalladamente lo propuesto por el Plan Maestro suspendido (tercera actualización).

El Conap busca obtener de un grupo de expertos el análisis y recomendaciones que orienten la decisión del Consejo de la institución.

Algunas de las actividades que alarmaron al Consejo por su incompatibilidad es que se permitía la explotación petrolera en todas las zonas de la RBM, también el establecimiento de plantaciones forestales maderables y no maderables con especies exóticas o exógenas dentro del área protegida.

Además, construcción de nuevas de vías de acceso (líneas férreas, teleféricos, pistas de aterrizaje, helipuertos, entre otros) en la zona núcleo.

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La aprobación del Plan Maestro es una facultad legal del secretario ejecutivo, según el artículo 18 de la Ley de Áreas Protegidas, por lo que no es objeto de denuncia penal o acción administrativa el haber aprobado el Plan.  Sin embargo, de igual manera este articulo faculta al secretario ejecutivo a supervisar o revisar el instrumento del Plan en cualquier momento para verificar que se cumple con los propósitos de conservación que establece la ley.