Comunitario

¿Se puede ingresar con armas de fuego a las escuelas? Ministerio de Educación y Municipalidad de Mixco discrepan sobre acción de Neto Bran

Ministra de Educación anuncia investigación sobre las visitas que Neto Bran hace armado a escuelas de Mixco.

El alcalde de Mixco, Neto Bran, durante una de sus visitas a escuelas de Mixco. (Foto Prensa Libre: captura de video en Instagram de Neto Bran)

El alcalde de Mixco, Neto Bran, durante una de sus visitas a escuelas de Mixco. (Foto Prensa Libre: captura de video en Instagram de Neto Bran)

El alcalde de Mixco, Neto Bran, ha estado supervisando remodelaciones en varias escuelas del municipio, según lo que ha publicado en sus redes sociales, y también ha estado regalando útiles escolares.

Sin embargo, al visitar estos establecimientos, el jefe edil lo hace portando un arma de fuego y municiones, a la vista de los niños.

La ministra de Educación, Claudia Ruiz, aseguró este jueves 2 de marzo que acciones de este tipo están prohibidas, y anunció que se llevará a cabo una investigación al respecto.

“Vamos a investigar y vamos a proceder como corresponde”, al resaltar sobre la prohibición de ingresar armas a los establecimientos educativos.

Al ser consultado, el vocero de la comuna mixqueña Mynor Espinoza, dijo que el alcalde, como jefe de la Policía Municipal, puede portar un arma en cualquier lugar y mostrarla, y afirmó que no existe ninguna prohibición en las escuelas.

Espinoza también preguntó quién le impediría continuar ingresando con armas a las escuelas. “¿Los guardias o la seguridad del Ministerio de Educación?”, cuestionó.

El jefe de la Unidad de Medios del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Pablo Portocarrero, también aseguró que están investigando a varios candidatos sin dar nombres por hacer campaña anticipada, ya que el hecho de dar regalos o inaugurar obras puede considerarse campaña.

Qué dice la ley

La Ley de Armas y Municiones, en su Artículo 131, que habla sobre la portación ostentosa de arma de fuego, indica que las personas con licencia de portación de arma “deberán portarla encubierta y sin ostentación”.

“Comete falta de portación ostentosa o intimidatoria, la persona que ostente una o más armas y/o sus accesorios, portándolos de manera visible. El responsable de esta falta será sancionado con suspensión de la licencia de portación por seis meses y multa de Q1 mil a Q1 mil 500. De repetirse una vez más la infracción señalada anteriormente, el juez competente podrá disponer de la cancelación de la licencia de portación de arma de fuego por un plazo no mayor de un año. De cometerse la falta una tercera vez, el juez correspondiente podrá suspender la licencia de portación de arma hasta por un plazo de tres años”, agrega la normativa.

“Se exceptúa del presente artículo a los integrantes de las fuerzas de seguridad y orden público del Estado, del Ejército de Guatemala y de las empresas de servicios de seguridad privada, cuando se encuentren en el ejercicio de sus funcione”, indica dicha ley.

Basado en ello y que al ser alcalde de Mixco lo convierte en el comandante de la Policía Municipal, Bran argumenta que por ello puede enseñar el arma de esa manera.

ESCRITO POR:

Andrea Domínguez

Periodista de Guatevisión con 9 años de experiencia especializada en historias humanas, comunitarias y política. Premiada como periodista del año en Prensa Libre, Héroes del Cambio, APG y Organizaciones de Mujeres. Becaria de la Agencia Israelí para la Cooperación Internacional.