Justicia

Congreso no podrá limitar derecho de diputados electos a asumir el próximo 14 de enero

La Corte de Constitucionalidad amparó de forma provisional a los diputados electos Diego González, de Vamos; Lucrecia Hernández Mack, de Semilla, y Carlos Mencos, de la Unidad Nacional de la Esperanza, quienes temían que no los dejaran asumir la curul el 14 de enero.

Lucrecia Hernández Mack, Carlos Mencos y Diego González, diputados electos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Lucrecia Hernández Mack, Carlos Mencos y Diego González, diputados electos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Comisión Permanente del Congreso había resuelto que para asumir como diputado el 14 de enero próximo, las personas electas para esos cargos debían presentar la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos -finiquito- emitido en 2020 como lo reglamentó la Contraloría General de Cuentas por medio de los acuerdos 106-2019 y 107-2019.

De manera unánime, los magistrados del tribunal constitucional, Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela, Neftaly Aldana y Henry Comte, otorgaron el amparo provisional a los diputados electos, al considerar que el finiquito con el que cuentan no ha perdido vigencia, por lo que no es necesario presentar uno de este año.

El amparo se da con apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se incurrirá en las responsabilidades civiles y penales que prevé la Ley de Amparo, Exhibición Personal de Constitucionalidad. Se suma como tercero interesado la Contraloría General de Cuentas.

La Corte de Constitucionalidad (CC) considera que según las constancias procesales que revisaron se evidencia que los diputados electos cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 162 y 164 de la Constitución, necesarios para acceder al cargo de diputado.

El artículo 162 de la Carta Magna refiere que para ser electo diputado se requiere ser guatemalteco de origen y estar en el ejercicio de los derechos ciudadanos.

Mientras que el 164 establece cuáles son las prohibiciones y compatibilidades: por lo que no pueden ser diputados los funcionarios y empleados de los organismos Ejecutivo y Judicial y del Tribunal y Contraloría de Cuentas, así como los magistrados del Tribunal Supremo Electoral y el director del Registro de Ciudadanos.

Tampoco los contratistas de obras o empresas públicas que se costeen con fondos del Estado o del municipio, sus fiadores y los que, de resultar de tales obras o empresas, tengan pendiente reclamaciones de interés propio.

Los parientes del presidente de la República y los del vicepresidente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad tienen prohibición para ser diputados. Los que, habiendo sido condenados en juicio de cuentas por sentencia firme, no hubieren solventado sus responsabilidades se suman a la negativa.

También quienes representen los intereses de compañías o personas individuales que exploten servicios públicos y los militares en servicio activo.

Por aparte, el Tribunal Supremo Electoral calificó en su momento el cumplimiento de los requisitos correspondientes para optar a una curul, sin que se diera algún impedimento para no participar.

Hernández Mack fue electa por Listado Nacional, Mencos por el distrito de Escuintla y González, por el distrito de Totonicapán.

Durante algunas semanas, la situación de Hernández Mack se visibilizó en las redes sociales, pues la diputada electa señalaba la intención de que los actuales diputados, en contubernio con la Contraloría, no la dejarían asumir su cargo.

En el 2015 Édgar Zamora no pudo asumir como diputado, la CC mencionó como ejemplo ese caso en su fallo y señaló en la resolución que no puede ser comparado con los actuales debido a que en ese entonces Zamora no contaba con finiquito, cosa que no sucede con los diputados electos.

Calificación de credenciales

El procedimiento para la calificación de credenciales no está establecido en la Ley Orgánica del Congreso, en otros años, el presidente de este organismo ha establecido que esta comisión sea integrada por los jefes de bloque, ellos definen los requisitos para que puedan asumir los nuevos diputados.

Por lo que la comisión permanente estableció que la persona que asuma como diputados debe de presentar la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos -finiquito- extendida por la Contraloría General de Cuentas del 2020.

Sin embargo, algunos bloques no estaban de acuerdo con lo establecido tanto por la Contraloría General de Cuentas como por la comisión permanente.

No obstante, quienes dirigirán el Congreso para dar posesión a los nuevos diputados son los parlamentarios que integrarán la Junta de Debates, que son los tres congresistas con mayor tiempo en el Legislativo y que sean de bloques distinto.

Está instancia será presidida por Santiago Nájera, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), y serán  secretarios Luis Contreras, de Compromiso Renovación y Orden (Creo), y Joel Rubén Martinez, del Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación).

Toma de posesión

Luego de calificar las credenciales se da posesión a los nuevos diputados, quienes ahora serán 160, dos más que en la octava legislatura, ya que hay un representante más para El Progreso y uno más por Lista Nacional. Al asumir el cargo y ser juramentados se procede a elegir a la Junta Directiva que estará a cargo del Legislativo por un año, en cuanto esta directiva tome posesión se desintegrará la de Junta de Debates.

 

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