Justicia

Balacera y persecución de sicario en Mixco: ¿Puede ser castigado un agente de la PNC por matar a alguien en el cumplimiento de su trabajo?

Especialista en temas jurídicos y penales analiza la actuación de un agente de la Policía Nacional Civil al abatir a un presunto pandillero, sicario de una organización criminal que opera en Mixco, Guatemala.

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Un agente de la PNC asignado a la comisaría 16, El Milagro, abatió a un presunto sicario que antes intentó asesinar a una mujer de 44 años. (Foto Prensa Libre: captura de pantalla).

Un agente de la PNC asignado a la comisaría 16, El Milagro, abatió a un presunto sicario que antes intentó asesinar a una mujer de 44 años. (Foto Prensa Libre: captura de pantalla).

Eran aproximadamente las 13.30 horas, cuando en la vía pública, sección T, frente al lote 15, de la colonia El Milagro, zona 6 de Mixco, Guatemala, ocurrió un ataque armado que se cobró la vida de un adolescente de 16 años, presunto pandillero y sicario del Barrio 18. Fue abatido por un agente de la Policía Nacional Civil (PNC).

El adolescente, vestido con playera negra y pantalón de lona azul, quedó tendido en una acera junto con la pistola Glock que se presume había usado para asesinar a Ana del Carmen Mérida Santamaría, de 44 años, pero no logró su objetivo.

En su huida, tras dispararle a la mujer, corrió hacia un punto en donde se encontraba el agente de la PNC, Adolfo Coronado, a quien le disparó y éste, junto con otros agentes, repelió el ataque para evitar más víctimas mortales en el área. El presunto pandillero cayó abatido en el intercambio de disparos.  

Bomberos Voluntarios de la 2a compañía trasladaron al Hospital Roosevelt a la mujer con múltiples heridas de arma de fuego y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), al policía con una herida en la cadera. De acuerdo con las autoridades fue operado con éxito y se recupera.

Luego de que se hiciera viral el vídeo en donde se observa la acción del sicario del Barrio 18 en la colonia El Milagro, zona 6 de Mixco, y la reacción de un agente de la PNC para neutralizarlo, la duda es qué ocurrirá con el policía.

Para el especialista en temas jurídicos y penales, Oswaldo Samayoa, la acción del agente de la PNC no encuadra en delito porque “el policía utiliza el arma de fuego en una forma proporcional a la fuerza, y evita que otra persona pierda la vida o bien él mismo o uno de sus compañeros”. 

Todo eso, según el profesor universitario, “genera una proporcionalidad en el bien que se protege y ese bien en este caso sería la vida o la integridad personal. Eso es lo que genera que la acción policial, en este caso, no sea constitutiva de delito”. 

“De igual forma, según la ley, el agente debe estar suspendido momentáneamente hasta determinar que se dieron estas situaciones tal y como lo demuestra el vídeo”, explica el abogado.

El vídeo, dice Samayoa, es claramente un ejemplo de que si el policía no acciona su arma hasta él hubiera muerto. 

En la parte legal, según el especialista de temas jurídicos y penales, se habla “de un uso profesional de la fuerza y hemos visto casos en donde, lamentablemente, el uso profesional de la fuerza no se hace presente”. Aunque no es el caso que ocurrió en la zona 6 de Mixco. 

Los policías, como fuerza del Estado, como fuerza armada, manifiesta Samayoa, “tienen la posibilidad de poder intervenir físicamente sobre las personas, ya sea inmovilizándolas, lesionarlas o bien quitar la vida”. 

“Para esto se necesita que la policía, o cada uno de los agentes, tenga un entrenamiento constante bajo una doctrina de protección de derechos humanos con normativa clara”, apunta.

Samayoa considera que en Guatemala, cuando el policía actúa en el marco de ese uso de la fuerza bajo esos principios y directrices, su actuación es adecuada.

“En el caso de Mixco, zona 6, podemos darnos cuenta cómo el agente evaluó el contexto. No disparó, por ejemplo, en una forma arbitraria en contra de las personas o en contra del sujeto que se volvió el objetivo”, explica.

Añade: “Nos damos cuenta cómo ésta persona, portando el arma la va utilizar en contra de otro ciudadano, por lo cual puede afectar la vida y es proporcional, por tanto, que el policía actúe en esa medida, sabiendo que si el policía emite un comando de voz, probablemente este sujeto le hubiera disparado al policía y él podría haber perdido la vida”. 

Samayoa cree que en el caso de El Milagro se pudo “ver un evento de uso profesional de fuerza cumpliendo con los principios y las directrices que también la policía tiene en la orden general número 11-2019. 

¿Qué dice la Ley de la PNC?

La Ley de la PNC establece en su artículo 12, inciso c, que los agentes deben ejercer sus funciones atendiendo los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.

Derivado de ello, la institución emitió la orden general 11-2019, que establece en su artículo 5 que los policías pueden usar sus armas de fuego solo cuando se presentan agresiones letales, o bien, si están próximas a ocurrir y de no usar armas de fuego éstas se consumarían.

El artículo 6, además, dice que es prohibido usar armas de fuego contra personas o vehículos en movimiento, salvo lo establecido en el párrafo anterior.

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También se prohíbe contra multitudes y objetivos que no son claramente identificados o cuando no haya una vida en peligro o riesgo de lesiones graves.

No obstante, pese a existir estos lineamientos, hay antecedentes de agentes que deciden hacer uso de sus armas contra delincuentes, pero posteriormente son conducidos a tribunales y enviados a prisión preventiva sin goce de salario, según ha explicado Stu Velasco, criminalista y exdirector de investigación criminal de la PNC.

En el caso actual, la PNC ha informado que le dará todo el apoyo institucional al agente Adolfo Coronado, quien tras ser intervenido y recuperarse volverá a sus funciones. El agente está asignado a la comisaría 16, en la estación 16 de El Milagro.

Para esta nota se consultó con la PNC si en la actualidad existen agentes en prisión preventiva o con sanciones administrativas por hacer uso de su arma de fuego, pero hasta ahora no han respondido.