Guatemala

Sentenciados por femicidio podrán recurrir a la reducción de la pena

Los hombres que sean condenados por delitos establecidos en la Ley de Femicidio podrán acceder a la reducción de la pena, luego de una resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC).

La Corte de Constitucionalidad determinó que las personas condenadas por femicidio podrán gozar de reducción de penas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucionalidad determinó que las personas condenadas por femicidio podrán gozar de reducción de penas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El tribunal declaró inconstitucional la frase “y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún motivo”, contenida en el artículo 6 de la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer.


Los ciudadanos Manuel Alberto Chinchilla Solís y Ethel Katherine Girón Reyes accionaron contra aquella frase por considerar que viola el artículo 4 y 19 de la Constitución, debido a que no había igualdad entre hombres y mujeres y que negaba la posibilidad de que los condenados podrían beneficiarse con la readaptación social.

“Este Tribunal estima que la frase impugnada, en cuanto que a quienes se les condene por el delito de femicidio no podrá concedérseles reducción de la pena vulnera el contenido del artículo 19 constitucional, cuyos fines son la readaptación social y la reeducación, por lo que es meritoria su expulsión del ordenamiento jurídico”, refiere la resolución.

El fallo tuvo un voto razonado de la presidenta de la corte, Dina Ochoa.

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Los accionantes consideran que la norma objetada colisiona con el artículo 4 constitucional, que refiere que todos los seres humanos son libres en dignidad y derechos, es decir en tener acceso y control igualitario de recursos y beneficios y, siendo que en casos como el parricidio, asesinato, ejecución extrajudicial, entre otros, aunque existe prohibición expresa para la reducción de la pena, se les ha otorgado beneficios penitenciarios.

Además, los accionantes argumentaron que los diputados, al momento de legislar en torno a la creación de la Ley de Femicidio estaban ponderando la vida de la mujer sobre la vida del hombre, lo cual lejos de equiparar la vida de ambos y otorgarles el mismo valor, provoca que siga existiendo desigualdad entre ambos.

También señalaron que imponer una pena que excluya al reo de la readaptación social es contrario al artículo 19 constitucional, y mencionaron que un tiempo excesivo en prisión acentúa todos los efectos negativos de la cárcel, impidiendo al sujeto incorporarse a la libertad.

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Voto razonado

La presidenta de la CC, Dina Ochoa, expuso que los legisladores fijaron la excepcionalidad para los casos de las muertes de las mujeres al no concederles la reducción de la pena por ningún motivo. “Debido a como lo encuadra el tipo penal, un aspecto relevante de dicho acto encuentra sustento en las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres”, argumentó.

Rechazan resolución

Rodolfo Díaz, abogado de la Fundación Sobrevivientes, criticó la resolución decretada por la CC al considerar que el fallo generará un retroceso para eliminar el machismo.

“Vemos con preocupación la resolución, consideramos que es un retroceso a la lucha que ha hecho el sector de mujeres para castigar el machismo y el sistema patriarcal para visualizarlo en el sistema de justicia. Es una burla para las mujeres que han sido víctimas de violencia y que han alcanzado la muerte”, refirió.

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