Justicia

Juez definirá responsabilidad institucional de alimentar a menores que cohabitan con madres en prisión

Desde el 30 de enero del 2022, la Secretaría de las Obras Sociales de la Esposa del Presidente interrumpió el traslado de los recursos que forman parte de un convenio que permite alimentar a 70 menores que cohabitan con sus madres en prisión.

Actualmente hay 70 niños y niñas que cohabitan con sus madres que están en prisión. (Foto: Prensa Libre. Dirección General del Sistema Penintenciario)

Actualmente hay 70 niños y niñas que cohabitan con sus madres que están en prisión. (Foto: Prensa Libre. Dirección General del Sistema Penintenciario)

En la primera quincena de julio 2022, el titular del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Niñez y Adolescencia del aérea Metropolitana, deberá resolver en forma definitiva la responsabilidad institucional para alimentar a los niños que cohabitan con sus madres que se encuentran en los centros carcelarios a nivel nacional.

Lo anterior surgió porque el pasado 30 de enero la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente (Sosep) interrumpió el traslado de los recursos que permitía nutrir a 70 menores quienes actualmente han sobrevivido por donaciones que recibe la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) y el Colectivo Artesana que es la organización encargada de la logística y distribución de los alimentos.

Luego de celebrarse la audiencia de conocimiento de hechos, el juez ordenó a la Procuraduría General de la Nación (PGN) que constatara la situación de los infantes a nivel nacional y que procediera como a derecho corresponda en función de presentar las denuncias que se consideraran necesarias, además de elaborar un dictamen con relación al convenio firmado.

Prensa Libre buscó la razón de la interrupción por parte de la Sosep, pero la recepcionista tomó los datos y dijo que se comunicaría en cuanto se tuviera una respuesta, la cual no se ha obtenido tras una semana de la solicitud. Sosep no cuenta con un equipo de comunicación social.

Sin denuncia

De acuerdo con información del Ministerio Público (MP), hasta el momento no se ha presentado ninguna denuncia por parte de la PGN con relación a los 70 menores que cohabitan con sus madres en la cárcel y a quienes se les debe restituir el derecho de la alimentación.

Sin embargo, el juez que certificó al MP sobre la posible comisión del delito, derivado a la suspensión de la entrega de alimentos, y el Colectivo, deberán entregar informes relacionados a la situación de los pequeños en los centros carcelarios. Esto forma parte de un proceso de protección de derecho.

El ente investigador deberá dilucidar si se cometió algún tipo de delito como consecuencia de no cumplir con la obligación y será la instancia responsable de darle seguimiento.

También se buscó la postura de la PGN, a través del departamento de comunicación social, respecto a si presentarán la denuncia ante el MP, o qué tipo de acción legal contemplan y en donde presentarían la misma; no obstante, informaron que trasladarían las inquietudes y hasta el momento no han dado alguna respuesta

Restituir el derecho

Artesana envió tres memoriales para conocer los motivos y solicitar que “se reanude” el convenio, y la justificación hasta el momento es que el mismo está en una “revisión técnica, financiera, legal y en proceso de auditoría”, indicó Andrea Barrios, directora del Colectivo.

Barrios explicó que la PGN presentó la denuncia, esto luego de que el 26 de abril de 2022 el Colectivo hiciera de conocimiento ante el Juzgado la suspensión del convenio y la necesidad de retomar la entrega de los alimentos para los pequeños, mujeres embarazas y lactantes, de esa cuenta “se abre un nuevo proceso” específicamente por el derecho vulnerado.

Artesana busca que se continúe con la entrega de alimentos “de la manera que Sosep considere pertinente” ya sea a través del convenio u otra forma, dijo Barrios, quien reiteró su disposición para instalar una mesa técnica de diálogo a fin de restituir el derecho de los menores que cohabitan con sus madres reclusas.

El convenio contempla Q12 diarios para 135 niños, monto que cubre desayuno, almuerzo y dos refacciones, solamente de lunes a viernes. Como actualmente son 70 pequeños quienes cohabitan con sus progenitoras reclusas, el Colectivo Artesana logró acuerdos con Sosep para que la diferencia se utilice para cubrir las cenas y la alimentación para los fines de semana, tanto para los menores de edad, así como incluir a las mujeres embarazadas y lactantes.

Otra institución

Se tiene previsto que en la próxima audiencia el juzgador experto en niñez determine cuál será la institución responsable de facilitar la alimentación de forma definitiva, que podría ser la Sosep, o bien, algún ministerio, a fin de que el derecho no sea vulnerado nuevamente, refirió una de las asesoras del grupo jurídico de Artesana.

La profesional explicó que el convenio es “como un contrato entre las partes” y cuando se da algún incumplimiento lo que procede es ejecutarlo ante un juzgado de índole civil y “no se puede presentar una denuncia penal” por el incumplimiento.

Lo anterior ocasiona un impase, derivado a que no han notificados de la finalización del convenio y esperan poder encontrar los mecanismos que permitan retomar la entrega de los alimentos para restituir el derecho vulnerado.

Sin obligación legal

La alimentación de los menores que hasta los 4 años cohabitan con sus madres en las cárceles del país no está garantizada en ninguna ley de Guatemala y las instituciones encargadas de velar por la niñez tampoco cuenta con una partida presupuestaria destinada a alimentar a los niños que crecen en las prisiones.

La Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 51, establece que “el Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores de edad. Les garantizará su derecho a la alimentación, salud, educación y seguridad y previsión social”.

La Ley del Régimen Penitenciario, que rige a la DGSP, no obliga a esta institución a hacerse cargo de estos menores, a pesar de ser la más cercana con los niños y que hacen uso de sus instalaciones. Las cárceles deben tener guarderías y personal que cuide a los niños, según el artículo 52 de dicha Ley. Pero en ningún momento se menciona la palabra “alimentación”.

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