Guatemala

España rechaza extradición de Julio Ligorría a Guatemala

Julio Ligorría no será extraditado de España a Guatemala, según resolvió la justicia de ese país, al determinar que el exconsejero del Partido Patriota (PP) y exembajador en Estados Unidos no cometió el delito de lavado de dinero por el que se le reclama, relacionados con el financiamiento electoral ilícito de la campaña de 2011.

Julio Ligorría tiene orden de captura girada por un juzgado guatemalteco desde julio de 2017. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Julio Ligorría tiene orden de captura girada por un juzgado guatemalteco desde julio de 2017. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Audiencia Nacional (AN) de España deniega la entrega del exdiplomático porque considera que los hechos de los que le acusa Guatemala no son constitutivos de un delito de blanqueo de capitales en el derecho español, que es el tipo penal por el que se pide la entrega, y no concurre así el requisito de doble incriminación.


Ligorría fue detenido en cumplimiento de una orden de busca y captura cursada por Guatemala en julio de 2017 por un delito de financiamiento electoral ilícito, pero finalmente el juzgado guatemalteco le reclamó en octubre de ese año solo por uno de blanqueo de capitales, al considerar que el primer delito es de naturaleza política.

Las autoridades guatemaltecas le reclamaban afirmando que, como consultor político, es sospechoso de haber organizado reuniones para financiar ilícitamente la campaña electoral de 2011 del Partido Patriota, que llevó a la Presidencia a Otto Pérez Molina, en una trama que incluye a las principales compañías telefónicas de Guatemala.

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Se le imputa en concreto haber fraguado una reunión en México con Carlos Slim, dueño de América Móvil (cuya filial guatemalteca es Telgua-Claro), Pérez Molina y la exvicepresidenta Roxana Baldetti, para demostrar cercanía y atemorizar a la competencia, la empresa de telefonía Tigo.

Según la documentación enviada por Guatemala pidiendo su extradición, el gerente de telecomunicaciones de Guatemala entregó a Ligorría varios cheques por valor de 15 millones de quetzales (unos 2 millones de euros) para conseguir contratos con los dirigentes del Partido Patriota, a los que las encuestas daban como ganadores, y de esa manera desplazar a Tigo de la posición dominante que tenía en el mercado.

Esta entrega se hizo mediante pagos hechos a una empresa de Ligorría por servicios no prestados, afirma la justicia de Guatemala.

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La Fiscalía española se opuso a la entrega alegando, por un lado, la nacionalidad española de Ligorría, que ostenta desde 2009, un argumento que acoge la AN que, según el auto, la condición de nacional es un motivo de denegación recogido en el tratado de extradición entre España y Guatemala.

El otro motivo para rechazarla es que los hechos de los que le acusa Guatemala no se pueden encuadrar en un delito de blanqueo sino, en todo caso, en uno de financiamiento ilegal de partidos.

Aunque la Audiencia considera que este último delito no es de carácter político, como concluyó el juez de Guatemala, el tribunal español destaca que no puede extraditarle por este tipo penal al no figurar en la petición de la justicia guatemalteca.

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“Hemos de concluir que los hechos, tal y como aparecen descritos en la demanda (de extradición), no son en principio constitutivos de un delito de blanqueo de capitales conforme a nuestro derecho interno”, concluye la AN como segundo motivo para denegar la entrega.

Sin embargo, deja abierto el cauce para una posible investigación al exembajador en España y explica que las autoridades guatemaltecas pueden interponer una denuncia que, de estimarlo conveniente, podría plasmarse en una querella por parte de la Fiscalía para “el posible enjuiciamiento de los hechos ante los tribunales españoles”.


“La denegación de la extradición tiene lugar porque la Audiencia Nacional ha considerado válidos los argumentos de la defensa, que, en todo momento suscribió la misma tesis que aquella, relativos a la inexistencia de un marco jurídico aplicable para la extradición por los delitos económicos reclamados por las autoridades guatemaltecas, y a la imposibilidad de considerar los hechos constitutivos de un delito de lavado de activos, tal y como lo define la ley penal española”, refiere una nota de prensa en nombre de Ligorría.

“La expresada resolución es firme y ejecutiva. Es decir, que ya no cabe recurso alguno contra la misma. De esta manera se pone fin a un proceso de extradición que ha durado meses y que, aunque ha terminado con la denegación de la misma, ha producido una gran cantidad de perjuicios… afectado directamente a su vida personal y familiar, así como a su actividad económica y empresarial”, añade.

En el comunicado, Ligorría firma que “desde el pasado 14 de julio del 2017”, cuando el Ministerio Público lo requirió, “se puso a disposición de las autoridades de Guatemala para colaborar con la Justicia y esclarecer los hechos, tanto por vía procesal, como públicamente”.

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