Guatemala
Uso de drones en Semana Santa tiene restricciones: estas son las reglas en Guatemala
Ante el incremento de procesiones y actividades religiosas, la DGAC recordó las normas para operar drones, entre ellas el registro obligatorio para ciertos equipos y no volar sobre determinada altura.
La DGAC recordó que el uso de drones en Guatemala debe cumplir con restricciones de altura, registro y zonas donde está prohibido volar.(Foto Prensa Libre: Shutterstock)
Ante la proximidad de la Semana Santa y el aumento de actividades recreativas durante esos días, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) recordó a los usuarios de drones las restricciones vigentes para operar estos dispositivos en determinadas áreas del país, según lo establecido en la Directiva Operacional 004-2025.
De acuerdo con Gabriel Cajas, inspector de operaciones aéreas con especialidad en drones, la normativa establece condiciones para el uso recreativo o turístico de estos equipos, una actividad que suele incrementarse durante los días de descanso y, especialmente en Guatemala, por las celebraciones religiosas y las procesiones de Semana Santa.
La DGAC recordó que, en el caso de los usuarios locales, los drones con un peso igual o mayor a 250 gramos deben registrarse ante la institución. En cambio, los dispositivos que pesan menos de esa cantidad pueden utilizarse de forma recreativa, siempre que se respeten las normas de seguridad y las limitaciones de altura.
Según la normativa, los drones pueden operarse sin registro cuando pesan menos y siempre que no superen los 120 metros de altura (400 pies), y que no se realicen sobrevuelos sobre concentraciones de más de 100 personas, por motivos de seguridad.
En caso de que los operadores tengan un dron con un peso mayor o necesiten realizar vuelos fuera de estos parámetros, pueden solicitar un permiso especial a la DGAC. Este trámite se encuentra disponible en el sitio web de la institución.
El costo total del registro y el permiso es de Q2 mil 105, que incluye conceptos como la inscripción y la emisión del primer certificado de matrícula del dron. Este pago no tiene ninguna exoneración y también aplica para instituciones del Estado que utilicen estos dispositivos.
En el caso de los extranjeros, deben cumplir con otro procedimiento. Aunque el dron pese menos de 250 gramos, debe registrarse mediante un formulario distinto. Este trámite no genera costo y también debe descargarse desde el sitio oficial de Aeronáutica.
Según la institución, el objetivo del registro para turistas es garantizar la seguridad del espacio aéreo guatemalteco, verificar que el uso del dron sea recreativo y dentro de los parámetros permitidos, y facilitar que los viajeros puedan retirar su equipo de aduanas sin inconvenientes.
La normativa —emitida en diciembre del 2025— también establece zonas restringidas para el vuelo de estos equipos, especialmente en instalaciones consideradas sensibles.
Entre los lugares donde no está permitido operar drones figuran edificios de gobierno, hospitales gubernamentales y hospitales militares, así como instalaciones como el edificio de la DGAC y el Palacio Nacional de la Cultura. Las disposiciones excluyen a los hospitales veterinarios.
También se restringen los sobrevuelos en un radio de seis kilómetros alrededor de cualquier aeropuerto o aeródromo, así como sobre centros penitenciarios, aduanas, áreas pobladas y espacios donde se realicen espectáculos públicos o privados con más de 100 personas.
Proceso de autorización
El funcionario indicó que la solicitud de permisos especiales debe presentarse con hasta 10 días de anticipación, plazo que permite a la entidad coordinar la autorización con las áreas de aeronavegabilidad y navegación aérea.
No obstante, también pueden evaluarse solicitudes con menor anticipación, dependiendo de cada caso.
En esa línea, las autoridades indicaron que los turistas que ingresen al país con drones pueden gestionar una autorización específica para operar estos equipos durante su estadía en Guatemala. Si cumplen con el registro del formulario y con las disposiciones establecidas, el trámite puede agilizarse en menor tiempo.
En el sitio oficial de la DGAC se especifica que el registro para turistas se realiza exclusivamente mediante el formulario correspondiente disponible en el portal institucional.
En resumen
- Los drones de 250 gramos o más deben registrarse ante la DGAC.
- Los drones menores a 250 gramos pueden usarse de forma recreativa, respetando las normas de seguridad y altura. Pueden operarse siempre que no superen los 120 metros (400 pies) de altura y no sobrevuelen concentraciones de más de 100 personas.
- También existe una autorización especial para turistas que deseen operar drones en Guatemala.
La información y los pasos para el registro y la solicitud del permiso se encuentran en el sitio https://www.dgac.gob.gt/.
En el portal de la DGAC también están disponibles los formularios, los pasos a seguir y una sección de preguntas frecuentes.
Pasos para solicitar el dictamen técnico y la autorización (usuarios locales)
Paso 1: Ingrese al sitio web www.dgac.gob.gt.
Paso 2: Desplácese hacia abajo hasta encontrar el botón que dice “Drones” y haga clic.

Paso 3: Descargue y complete el formulario FORMA DVSO-801: Solicitud de Dictamen Técnico RPA/Dron.
Paso 4: Al finalizar el formulario, debe enviarlo completo de cualquiera de las siguientes formas:
- De manera presencial: entregándolo en la sede central de la DGAC, en el Departamento de Vigilancia de la Seguridad Operacional, ubicado en 9ª avenida 14-75, zona 13, Ciudad de Guatemala.
- Correo electrónico: enviarlo escaneado a la dirección dvso@dgac.gob.gt.

Autorización de vuelo para turistas
Paso 1: Ingrese al sitio web oficial: www.dgac.gob.gt.
Paso 2: Desplácese hacia abajo hasta encontrar el botón que dice “Drones”.
Paso 3: Descargue y complete el formulario FORMA DVSO-805 “Autorización de vuelo con drones para turistas”.
Paso 4: Envíe el formulario completo al correo electrónico dvso@dgac.gob.gt.
Paso 5: Espere la respuesta de la DGAC, la cual será enviada por la misma vía en un plazo de hasta dos días hábiles.



