Hemeroteca

La defensa pública penal en Guatemala

El Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP) tiene su origen en los Acuerdos de Paz firmados entre el Gobierno y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) para brindar asistencia jurídica en materia penal principalmente a personas de escasos recursos.

Sede del IDPP ubicado en zona 1. (Foto: Hemeroteca PL)

Sede del IDPP ubicado en zona 1. (Foto: Hemeroteca PL)

El IDPP fue creado por medio de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto 129-97 del Congreso de la República emitido el 5 de diciembre de 1997.

El carácter de la institución es autónomo e independiente del Estado para el cumplimiento de sus funciones, aunque su financiamiento es a través de la asignación anual que hace el Congreso de la República dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación.

La Ley del Servicio Público de Defensa Penal (LSPDP) entró en vigencia el 13 de julio de 1998 fecha en la que la Oficina de Defensoría Pública dejó de depender del Organismo Judicial, órgano al que se encontraba adscrita. En un principio la asesoría se brindaba en forma gratuita a cualquier persona.

A raíz de la entrada en vigencia de la LSPDP los reos acusados de plagio o secuestro, asesinato y robo y que se compruebe que tienen recursos económicos podrían recibir asistencia legal del IDPP pero pagando las respectivas costas procesales y honorarios. Las trabajadoras sociales del Instituto realizan un estudio socioeconómico para determinar la capacidad de quien requiera los servicios legales.

La defensa pública fue creada con el fin de asistir a aquellas personas que no estaban en condiciones de contratar a un profesional particular, pero antes no había forma de comprobar quienes podían y quienes no.

Base legal

El accionar del IDPP se sustenta en el Artículo 8 de la Constitución Política, el cual hace referencia al derecho del detenido de poseer un defensor, para que participe en las diligencias policiales y judiciales. También en el artículo 12, que establece el derecho de defensa y el proceso legal, así como el 14, que hace referencia a la presunción de inocencia y publicidad del proceso.

La institución basa su actividad, además, en los pactos y tratados internacionales suscritos por el país, entre ellos, el Tratado Interamericano de Derechos Humanos.

Funciones

Entre sus principales funciones está llevar gratuitamente la representación de personas de escasos recursos que se encuentren sometidas a proceso legal y asistir a quien solicite asesoría jurídica cuando considere estar sindicada en un procedimiento legal.

La misión del IDPP de acuerdo con su página web es “Somos una entidad pública autónoma y gratuita que ejerce una función técnica de carácter social, con el propósito de garantizar el derecho de defensa asegurando la plena aplicación de las garantías del debido proceso, a través de una intervención en todas sus etapas”.

Además tiene como visión ser una entidad de alta calidad técnico-legal con presencia, protagonismo y liderazgo en el sistema de justicia y en el medio social, con una estructura organizacional funcional eficaz y eficiente que permita tener la capacidad de atender a todas aquellas personas que requieran de servicio de asistencia jurídica, priorizando a las de escasos recursos.

Para el cumplimiento de sus funciones el IDPP cuenta con defensores de planta y de oficio. Los defensores de planta son funcionarios incorporados con carácter exclusivo y permanente en la institución. Los de oficio son abogados en ejercicio profesional privados asignados por el Instituto para brindar el servicio de asistencia jurídica gratuita.
 

Cobertura y casos atendidos.

Actualmente el IDPP tiene una cobertura en los 22 departamentos del país y en 14 municipios en donde el Organismo Judicial tiene Juzgados de Primera Instancia Penal. A diciembre de 2014 se registraron 36 coordinaciones de Defensoría a nivel nacional que atendieron 84 mil 576 expedientes entre casos y asesorías. De estos un 41 por ciento correspondieron a casos penales ingresados en dicho año.

Durante el año 2014 los delitos más recurrentes que tuvieron atención por parte del IDPP fueron: Violencia física contra la mujer, robo agravado, negación de asistencia económica, portación ilegal de arma de fuego, extorsión, posesión para el consumo, robo, encubrimiento propio, asociación ilícita, asesinato entre otros.

Organización

El IDPP está integrado por: Dirección General, Defensores Públicos, Personal Auxiliar y Administrativo, y Personal Técnico. Un Consejo es el encargado de presentar postulantes para el cargo de Director General ante el Congreso de la República, tiene como funciones aprobar reglamentos, remoción del Director, resolver apelaciones de expedientes disciplinarios y dictar las políticas generales de administración del instituto.

El Consejo del IDPP está conformado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador de los Derechos Humanos, un representante del Colegio de Abogados y Notarios, un representante de los decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades del País y Un representante de los Defensores de Planta electo por la asamblea de Defensores.

El Director General es elegido de una terna que propone el Consejo y es enviada al Congreso de la República; una comisión de postulación se encarga de elegir al Director que ocupará el cargo por cinco años. Actualmente quien ocupa la dirección del IPP es Remberto Leonel Ruiz Barrientos en forma provisional. Blanca Stalling Dávila presidió durante dos periodos el IDPP desde agosto de 2004 y en noviembre de 2014 renunció al cargo tras ser electa como magistrada de la Corte Suprema de Justicia.

En la actualidad el nombramiento del nuevo Director General para el nuevo periodo está en suspenso ante la falta de acuerdos en el Congreso de la República para el nombramiento de la comisión de postulación que elegirá al sucesor de Stalling Dávila. La terna de postulantes está conformada por el director en funciones, Remberto Ruiz Barrientos quien tiene vínculos con Stalling Dávila y uno de los favoritos para ser electo; Hugo Roberto Jáuregui y Nydia Lissette Arévalo de Corzantes. Se espera que en las próximas horas sea elegido el nuevo director del IDPP

Señalamientos

El paso de Blanca Stalling por la institución fue señalada por sus vínculos con el Partido Patriota, la presunta creación de plazas fantasmas para favorecer a familiares y allegados al partido oficial y de modificar el reglamento de la institución para asegurar su reeleción. Los señalamientos se agravaron ante su vinculación con el caso denominado Bufete de la Impunidad donde se menciona a la magistrada en una escucha telefónica. En dicho caso se encuentra procesada su cuñada, la jueza Marta Sierra de Stalling quien fue capturada el día 22 de septiembre de 2015 por los delitos de cohecho pasivo y prevaricato al beneficiar a seis implicados en la estructura de defraudación aduanera denominada La Línea con medidas sustitutivas. El hijo de Blanca Stalling, Otto Fernando Molina Stalling se encuentra en prisión preventiva por su vinculación al caso IGSS – PISA.

El reto del nuevo director del IDPP será el de mantener el servicio de asesoría legal con recursos cada vez más insuficientes y la falta de personal profesional para atender la demanda que cada año aumenta.

*Con información de Hemeroteca PL, Decreto 129-97 Ley de Servicio de la Defensa Pública Penal y la Memoria de Labores 2014 del IDPP.

ESCRITO POR: